Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 24 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002645
ASUNTO : RP01-P-2006-002645

Vista y analizada la Solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por el Abogado JOSE ALBERTO MORILLO TORRELLAS, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Penal del Estado Sucre en donde aparece como imputado: GUILLERMO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.208.120, residenciado en la Avenida Francisco de Miranda Sector Guaruto N° 95, Maracay; por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES CULPOSAS, tipificado en el artículo 422 ordinal 2° concatenado en el artículo 417 ambos del Código Penal Vigente, y como victima el ciudadano RUBEN DARIO PEREZ; este Tribunal antes de decidir hace las siguientes consideraciones:
I
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
Se inicia el presente proceso en fecha 06-08-2002; en virtud de acta policial suscrita por funcionarios adscritos a la Unidad 24 Sucre del puesto de vigilancia de Transito Terrestre de Cumaná; donde dejan constancia de una colisión entre vehículos ocurrida en la carretera Cumaná Santa Fé, dejando constancia de los hechos mediante el gráfico de Ley; en dicha colisión resulto una persona lesionada.
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Estudiadas como han sido las presentes actuaciones se deja constancia que ha quedado demostrada la existencia de un hecho punible perseguible de oficio, el cual es el delito de LESIONES GRAVES CULPOSAS, tipificada en el artículo 422 ordinal 2° en concordancia con el artículo 417, ambos del Código Penal, que de acuerdo a la pena que establece dicho delito es de Prisión de Uno (1) a Doce (12) Meses; y que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 8° del Código Penal el presente caso se encuentra evidentemente prescrito, por lo que este Tribunal considera ajustada a derecho la solicitud fiscal y en consecuencia procede a decretar el sobreseimiento de la causa de conformidad con los artículo 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° ambos del Código Penal. Así se decide.-
III
PUNTO PREVIO.
Este Tribunal prescinde de la celebración de la audiencia oral de sobreseimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que ésta en nada modificara el hacho cierto de que la presente causa esta prescrita. Así se decide.-
IV
DECISION.
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: El sobreseimiento de la presente causa donde aparece como imputado: GUILLERMO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.208.120, residenciado en la Avenida Francisco de Miranda Sector Guaruto N° 95, Maracay; por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES CULPOSAS, tipificado en el artículo 422 ordinal 2° concatenado en el artículo 417 ambos del Código Penal Vigente, y como victima el ciudadano RUBEN DARIO PEREZ; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, concatenados con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 175 Código Orgánico Procesal Penal y remítase las presente actuaciones al Archivo Central en espera de las resultas de las notificaciones y posteriormente a la Unidad de Ejecución en el lapso legal correspondiente. Cumplas.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. SAMER ROMHAIN
EL SECRETARIO.
Abg. CARLOS GONZALEZ.-