JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
EXTENSION -CARUPANO.



EXP. N° 812.-06
SOLICITANTES: MARLIN JESUS BRITO ORDOSGOITTI
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA COBRAR DINERO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.-


Carúpano, 08 de Noviembre de 2006.-
196° y 147°.-

Vista la demanda de AUTORIZACIÓN PARA COBRAR DINERO presentada por los ciudadana MARLIN JESUS BRITO ORDOSGOITTI venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.442.231, asistidos por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS MATA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.321, Este Tribunal observa que en la presente Solicitud no especifica el domicilio de la solicitante, por lo tanto en el libelo debe contener todos los requisitos exigidos por el artículo 455 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NO ADMITE el presente proceso. Así se decide.-


ABOG., AZUCENA MATA DE ZABALA.-
JUEZ TITULAR DE PROTECCIÓN- SALA DE JUICIO.


ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ
LA SECRETARIA

En esta misma fecha y siendo las 11:30 de la mañana, se publicó la anterior sentencia y se dejo copia certificada para el archivo del tribunal.-


LA SECRETARIA
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ



EXP. Nª 812. 06.-
AMZ/PDM/vc.-