REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SEDE CUMANA SALA DE JUICIO
Cumana, 13 de Noviembre del 2006
196 y 147ª

Vista la conciliación de fecha OCHO (8) DE Noviembre del año dos mil seis (2006), efectuada ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Sucre , entre los ciudadanos: MILTON LUIS CORONADO CORONADO Y ELIZABETH BAUTISTA TORRE ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº V14.498.024 y 14.885.224 respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Cumaná del Estado Sucre , y en la cual exponen lo siguiente:

“El ciudadano MILTON LUIS CORONADO CORONADO, se comprometió a suministrarle a su hijo Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la LOPNA , por concepto de obligación alimentaria la cantidad de CIEN MIL MENSUALES (Bs 100.000,oo) , 50% de gastos de educación, 50% gastos de medicinas, CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS 150.000,OO) BONO VACACIONAL Y DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 200.000.oo) por concepto de BONO DE FIN DE AÑO. Seguidamente interviene la ciudadana, ELIZABETH BAUTISTA TORRE ORTIZ , quien manifestó estar de acuerdo con lo convenido-
Ante tales supuesto de hecho y de derecho, observando que las partes conociendo sus realidades familiares establecieron en tal forma de dar cumplimiento a la Obligación Alimentaría, no siendo ello contrario al interés superior del niño Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la LOPNA , este Tribunal considerando que la presente conciliación cubre las exigencia del articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, bajo la decisión del Juez Nº 1, En su sala de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA LA CONCILIACIÓN, suscrita y celebrada por ante este Tribunal entre los ciudadanos, MILTON LUIS CORONADO CORONADO Y ELIZABETH BAUTISTA TORRE ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº V14.498.024 y 14.885.224 respectivamente, en su condición de padres del niño Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y 65 de la LOPNA , y se ordena el cierre de la causa y el archivo del expediente. Así se decide.-
Publíquese y déjese copia certificadas de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de juicio del tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la circunscripción judicial del Estado Sucre, en Cumaná, a los trece (13) días del mes de noviembre del año Dos Mil Seis (2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la federación.
El Juez Nº 1
Abg. JESUS SALVADOR SUCRE R.
La Secretaria
Abg. LUISA MÁRQUEZ RAMOS
HOMOLOGACIÓN: OBLIGACIÓN ALIMENTARIA
Partes MILTON LUIS CORONADO CORONADO Y ELIZABETH BAUTISTA TORRE ORTIZ
JSSR/Yulay
Tp1- 2836-06