REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE - GUIRIA
06 de Noviembre de 2006
196° y 147°

Vista el acta que antecede, donde las partes, ciudadana FLORENCIA UGAS, en su carácter de parte demandante y el ciudadano GIOVANNY JOSE SANVICENTE, parte demandada, llegaron a un acuerdo a través de la conciliación; este Tribunal del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 516 de la Ley de Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los Artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho ni al orden público. En consecuencia se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
EL JUEZ,


AB. GABRIEL ANGEL BONILLA M.
LA SECRETARIA,


DAMELIS BETANCOURT BRITO
En esta misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA


DAMELIS BETANCOURT BRITO
GABM/oz.-
Exp:024-06