REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXT CARUPANO
TRIBUNAL DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTE
Carúpano, 24 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2005-000224
ASUNTO RP11-D-2005-000224
Auto de Ejecución
Definitivamente firme como ha quedado la Decisión dictada por el Juzgado Primero de Control de esta Sección Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano en fecha 13/10/06, mediante la cual se Decretó el sobreseimiento definitivo en el asunto arriba signado seguido a OMISSIS, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Buenas Costumbres y El Buen Orden de las Familias, como lo es el de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal Vigente, para la época en que se cometió el delito, en perjuicio de los niños: ROBERT JOSÉ TOUSSAINTT, venezolano, de cuatro (04) años de edad, hijo de Mary Cedeño y Robert Toussaintt, residenciado en Agua Clarita, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Andrés Mata, Estado Sucre y DAVID ETANISLAO TOUSSAINTT, venezolano, de cuatro (04) años de edad, hijo de Robeisy González y David Toussaintt, residenciado en Agua Clarita, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Andrés Mata, Este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia EJECÚTESE, y en virtud de no existir otras actuaciones que realizar, se Acuerda el archivo del mismo y su correspondiente envío al archivo central de este Circuito Judicial Penal, para su guarda y custodia y posterior remisión al archivo judicial, notifíquese a las partes.
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Mildred De Simone