REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO : RL01-P-1996-000009

Visto el escrito suscrito por la ciudadana: EVELYN VILLEGAS en su carácter de Jefe de la División de Antecedentes Penal del Ministerio del Interior y Justicia, en donde le devuelve a este tribunal las copias certificadas de la decisión dictada en fecha: 06-10-06 a favor del ciudadano: Rafael de Pablo Palacio en donde se le decreta su libertad plena y le comunica que por cuanto la referida división, una vez verificado los datos suministrado por este juzgado en la base de datos de la ONIDEX se constato que la cédula de identidad No-6.048.850 le pertenece a otro ciudadano distinto al que se señala en el oficio y decisión, motivo por el cual esta división requiere se le remita a la brevedad posible, la copia certificada de la sentencia definitivamente firme del penado: Rafael de Pablo Palacio con la corrección de la cédula de identidad o el nombre si este fuese el caso, para ser incluida en nuestro sistema de registro; este Tribunal Segundo de Ejecución, una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, observa que efectivamente existe un error involuntario material en el número de la cédula de identidad del penado: Rafael de Pablo Palacios inserto en la decisión arriba señalada, siendo el número correcto el siguiente: V-6.048.760, por lo tanto, en virtud de que la decisión ya dictada por este tribunal para la actualidad no puede ser objeto de reforma, se subsana por medio del presente auto, por no representar dicha corrección una modificación esencial a la decisión antes dictada y es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda corregir el número de la Cédula de Identidad No-6.048.850 inserto en la decisión de fecha: 06-10-06 en donde se extinguió la pena y en consecuencia se decretó la libertad plena del ciudadano: Rafael de Pablo Palacio, siendo su Cédula de Identidad correcta el No-6.048.760. Remítase copias certificadas del presente auto, de la decisión de fecha: 06-10-06 y de la Sentencia Definitivamente Firme del penado: Rafael de Pablo Palacio a la ciudadana: EVELYN VILLEGAS en su carácter de Jefe de la División de Antecedentes Penal del Ministerio del Interior y Justicia.