REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 15 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000274
ASUNTO : RP01-P-2004-000274
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA ABSOLUTORIA
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 25/10/2006, cursante a los folios: del 37 al 45, ambos inclusive de la Cuarta Pieza del expediente; mediante la cual SE ABSUELVE POR UNANIMIDAD a los acusados: DAICY DEL CARMEN FAJARDO JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, hija de Andrea Jiménez y Rafael Fajardo, titular de la cédula de identidad N° 14.126.044, nacida en fecha 29/10/77, y CARLOS RAFAEL FAJARDO JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, hijo de Andrea Jiménez y Rafael Fajardo, titular de la cedula de identidad N° 18.210.919, nacido en fecha 24/11/82, ambos residenciado en la Urbanización Brasil Sector 02, avenida 03, casa N° 30 de esta Ciudad de Cumaná, por la comisión del delito de TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 34 en concordancia con el articulo 43 numeral 1de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos en perjuicio de La Colectividad. Es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, En tal sentido este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en la Ciudad de Cumaná, procede a la Ejecución de esta Sentencia y ACUERDA “Por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa, SE ORDENA Oficiar a los Órganos de Seguridad del Estado, a los fines de que los prenombrados Ciudadanos sean excluidos del sistema de SIIPOL en cuanto a la presente causa. Notifíquese a las partes Informándoles que se ejecuto la decisión”. Remítase las presentes actuaciones al Archivo Cúmplase.-
LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCION
MARLENY MORA SALAS
EL SECRETARIO
LUIS ALFREDO PRIETO