REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 22 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-000598
ASUNTO : RP01-P-2006-000598
Analizada como han sido las actas procesales que conforman la presente causa, este Tribunal observa que cursa al folio 169 de la presente causa, solicitud interpuesta por la abogada Eslenys Muñoz, actuando en su carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Del Estado Sucre, mediante la cual solicita se libra orden de aprehensión al imputado LERRY ANTONIO SALAZAR, por cuanto éste no ha comparecido a los actos fijados por el Tribunal específicamente para la Audiencia Preliminar; al respecto este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
En fecha 23-03-2006, se presento formal acusación en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES; tipificado en el artículo 422 ordinal 2° concatenado con el artículo 418 ambos del Código Penal; en perjuicio de los ciudadanos WILMER ALFREDO POLANCO, JOSE VICENTE MATA RODRIGUEZ Y ALFREDO JOSE ROMERO; este Tribunal fijó la audiencia preliminar para el día 21-04-2006; siendo diferida por la incomparecencia del imputado y su defensor. En fecha 14-06-2006, se difiere el acto por reposo médico del ciudadano Juez. El fecha 18-08-2006, se difiere el citado acto por receso judicial. En fecha 27-10-2006, se difiere el acto por incomparecencia del imputado, su abogado defensor y la victima Samir Zorrilla. Así las cosas se observa que los diferimiento de los días 21-04-2006 y 27-10-2006, se verifico la incomparecencia del imputado de autos.
Al respecto este Tribunal observa que el imputado de autos reside en la ciudad de Maturín Estado Sucre, por lo que en reiteradas oportunidades se remitió las boletas de citaciones anexas a oficios dirigidos s la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de la Ciudad de Maturín, a los fines de que funcionarios adscritos a esa dependencia practicaran la referida citación. Ahora bien, se observa que no consta las resultas de las boletas de citación del imputado remitidas a la referida Unidad de alguacilazgo anexas a oficio N° 1c-1805-06 de fecha 28-03-2006, siendo éstas las boletas de citación RJ01BOL2006005034 de fecha 28-03-2006 para audiencia preliminar fijada para el día 21-04-2006; boleta de citación N° RJ01BOL2006013883 de fecha 26-09-2006, para la audiencia preliminar a llevarse a cabo en fecha 27-10-2006; y citación N° RJ01BOL2006016578, de fecha 30-10-2006 la cual se remitió anexo a oficio N° 1c-00-5870-06; es por lo que se considera prudente solicitar al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas hacer los trámites necesarios para que funcionarios adscritos a la Unidad de Alguacilazgo de ese Estado remitan con carácter de urgencia las mencionadas resultas a los fines de decidir lo planteado por la Fiscalía del Ministerio Público; de igual forma se acuerda Libar boleta de Citación del imputado al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Ciudad de Maturín remitiéndole anexo a oficio a los fines de que practiquen la referida citación y remitan antes de la fecha fijada para la audiencia preliminar las resultas de las actuaciones encomendadas anexo a la respectiva acta de investigación.
Por todas las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con Sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud presentada antes este Juzgado por la abogada Eslenys Muños, actuando en su carácter de Fiscal Segunda Del Ministerio Público, consistente decretar Medida Judicial de Privación de Libertad en contra del referido imputado; por cuanto a la presente fecha no constan las resultas de las boletas de citación del imputado y remitidas a la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas con sede en Maturín, hasta tanto no consten en las actas los recaudos aquí requeridos a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Monagas. Líbrese oficio al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Líbrese boleta de citación al imputado de autos anexo a oficio dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Maturín a los fines de que se practique la misma y sea remitido con carácter de urgencia resultas a este Tribunal anexo a acta policial. Notifíquese a la Fiscal solicitante. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL.
Abg. SAMER ROMHAIN.
EL SECRETAIO.
Abg. Carlos Gonzalez.-
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