REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
196º Y 147º
Cumaná, 25 de Mayo del 2006.
Vista la solicitud y recaudos anexos, formulada por la ciudadana NATHALIA COROMOTO BORTHOMIERTH FIGUERA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.11.448.266 y domiciliada en el Parcelamiento Miranda, residencias Vista Araya, Calle Turapuy de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, debidamente asistido de la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su carácter de Defensor Público en Materia de Protección de Niño y del Adolescente, en el cual solicita de este Despacho Autorización para Expedir Pasaporte a favor de sus hijas las adolescentes: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de dieciséis (16) y Trece (13) años de edad, respectivamente quien tiene previsto viajar al Extranjero, en el próximo período vacacional. Este Tribunal la admite por no ser contraria a la moral, a las buenas costumbres o alguna disposición de Ley. En consecuencia AUTORIZA, a la ciudadana NATHALIA COROMOTO BORTHOMIERTH FIGUERA, en su condición de madre y representante legal de las adolescentes: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que efectué los trámites respectivos para que se expida pasaporte y el retiro del mismo a favor de sus hijas antes mencionadas.- Líbrese Autorización.-.-
La Juez Nº 2
Dra. Maria Eugenia Graziani
La secretaria
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
La secretaria
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
Autorización Pasaporte
Exp. TP2-735-06
MEG/milagros
Solic. Natalia Borthomierth
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