En horas de Despacho del día de hoy, quince (15) de Mayo del año Dos Mil seis (2006), siendo las 09:30 a.m. día y hora señalada por el tribunal, para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente juicio de DIVORCIO 185 Causal 3°, se anunció el acto en la forma de Ley, y se pudo constatar la no comparecencia de las partes ciudadanos ZULEIKA DEL VALLE MALAVE y TOMAS ENRIQUE MORA MUNDARAIN, ni por si ni por medio de apoderado, se deja constancia de la comparencia de la Abg. ROSA CARABALLO, Fiscal Cuarto Auxiliar del Ministerio Público, razón por la cual el Tribunal declara extinguida la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez N° 02

Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI



El Fiscal Cuarto del Ministerio Público



La secretaria


Abg. HAYARIT RODRIGUEZ



Exp. N° TP2. 2508-06
MEG/iris
Demandante: ZULEIKA MALAVE
Demandado: TOMAS ENRIQUE MORA
Motivo: DIVORCIO 185 Ordinal 3°