REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre
Extensión Carúpano
Tribunal Cuarto de Control
Carúpano, 15 de Mayo del 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-001544
ASUNTO: RP11-P-2006-001544
ORDEN DE APREHENSIÓN
Visto el escrito presentado por la Abogada MARALBA GUEVARA, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, donde solicita se libre ORDEN DE APREHENSION, en contra de el ciudadano: CANDIDO DE JESÚS TABARE GONZÁLEZ, quien es venezolano, natural de esta ciudad , de 36 años de edad, soltero, cédula de identidad n° 11.443.525, nacido en fecha 02-10-1969, residenciado en el sector El Hueco, casa s/n, El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre, aduciendo que existen suficientes elementos de convicción que comprometen su responsabilidad penal en la existencia del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 375 ordinal 1 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, con el agravante del artículo 217 de la L.O.P.N.A, por cuanto la victima es una niña de 09 años de edad para el momento de los hechos, así como los agravantes específicas contenidas en el artículo 77 ordinales 8,9 y 14 del Código Penal, en perjuicio de la niña CARMEN LUISA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. Este Tribunal a los fines de decidir observa:
1) Denuncia formulada en fecha 07-04-2006, por la Consejera de Protección del Niño y del Adolescente de El Pilar Municipio Benítez del Estado Sucre, ciudadana MUNDARAÍN GIL DIANA ISABEL, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas sub. Delegación estadal de Carúpano, quién expone " Comparezco ante este despacho, con la finalidad de denunciar que la niña de nombre Carmen Luisa Rodríguez Rodríguez, de 11 años de edad, ha sido victima de abuso sexual por partede su padre de nombre Cándido Tabares, de 37 años de edad…. Es todo “.
2 )Acta de entrevista donde la niña CARMEN LUISA RODRIGUEZ RODRÍGUEZ expuso ante el Cuerpo Investigativo lo siguiente “ Bueno, cuando yo tenia como nueve años de edad, me encontraba en mi casa sola con mi papá de nombre Cándido Tabares Rodríguez, ya que mi mamá estaba trabajando y mis hermanas estaban en la calle, y mi padre me dijo que yo estaba buena y me llevó para la cama y se me montó encima y comenzó a hacerme groserías, por lo que me puse llorar ya que me dolía y él me tapo la boca, después que me hizo todo eso, me soltó y yo estaba botando sangre, luego me fui corriendo para la calle y cuando llegó mi mamá de nombre Juana Rodríguez, le conté todo lo que mi papá había hecho y ella no quiso hacer nada, por que no tenia quien nos mantuviera, es todo” 3) Acta policial donde se deja constancia de varias diligencias y en donde se identifica al denunciado.
4). Inspección Técnica en el lugar del hecho que resulto ser el sector Hueco Oscuro, casa s/n El Rincón Municipio Benítez del Estado Sucre, donde no se colectaron evidencias de interés criminalisticos. 5). Acta de entrevista a la adolescente SOLMAIRA JOSEFINA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, quien expone “Resulta que yo estaba donde mi abuela y cuando llegué a la casa, estaba mi papá sosteniendo relaciones sexuales con mi hermanita Carmen del Jesús Rodríguez, de once años de edad, Es todo”. 6.) Memorando donde consta las entradas policiales del ciudadano CANDIDO JESÚS TABARE GONZÁLEZ. 7).Reconocimiento Médico Legal practicado a CARMEN LUISA RODRÍGUEZ, (11 años de edad) de fecha 11 de Abril del 2006, donde consta que la misma presentó: “El examen ginecológico reveló: membrana del himen con desgarros positivos y antiguos a la hora seis (6) en posición ginecológica. Además se aprecian lesiones verrugosas a nivel vulvar. ID.: Desfloración Positiva y Antigua, se recomienda valoración por Venereología. Ano rectal sin lesiones”.
En consecuencia, por cuanto se está en presencia de un hecho punible como lo es el delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 375 ordinal 1 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, con el agravante del artículo 217 de la L.O.P.N.A, por cuanto la victima es una niña de 09 años de edad para el momento de los hechos, así como los agravantes específicas contenidas en el artículo 77 ordinales 8,9 y 14 del Código Penal, en perjuicio de la niña CARMEN LUISA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, existiendo fundados elementos de convicción para estimar que el ciudadano CANDIDO DEL JESÚS TABARE GONZÁLEZ ha tenido participación en el presente hecho; se considera que la solicitud cumple con los requisitos exigidos en el artículo 44 ordinal 1 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en relación con el artículo 250 ordinales 1, 2 y 3 , específicamente su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY , ORDENA LA APREHENSION JUDICIAL del ciudadano: CANDIDO DE JESÚS TABARE GONZÁLEZ, quien es venezolano, natural de esta ciudad , de 36 años de edad, soltero, cédula de identidad n° 11.443.525, nacido en fecha 02-10-1969, residenciado en el sector El Hueco, casa s/n, El Rincón, Municipio Benítez del Estado Sucre, y una vez detenido sea puesto a la orden de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, a objeto de presentarlo ,a fin de ser oído y proceder a su ratificación o no de la presente decisión. Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalisticas sub. Delegación Carúpano, y remítase las presentes actuaciones junto con oficio a la Fiscalía solicitante .Cúmplase
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL
ABOG. LOURDES MARIA SALAZAR S
LA SECRETARIA
ABOG MARÍA ACOSTA
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