REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA

Cumaná, 30 de Mayo de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-004776
ASUNTO : RP01-S-2004-004776



Visto el escrito recibido en este despacho en fecha 17-05-2006, suscrito por el Dr. Luís Garreta Ávila, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual expone: "… En fecha dieciocho de los corrientes compareció por ante la unidad de atención a la victima de esta fiscalía Superior del Estado Sucre, el ciudadano JOSE FELIX ANGULO GUTIERRREZ….padre del niño OSCAR EDUARDO ANGULO LEVEL… quien es victima directa en la causa penal en fase de juicio…manifestando… su preocupación y temor ante el comportamiento agresivo y burlesco de la ciudadana AYARIS MARTÍNEZ, madre del adolescente JEAN CARLOS EVARISTO MARTÍNEZ ….En este sentido Solicito se ratifique la medida de protección otorgada por ese digno tribunal en fecha 21 de noviembre de 2005, a favor de las víctimas, consistente en RECORRIDOS POLICIALES y VISITAS DOMICILIARIAS a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre específicamente los destacados en el destacamento N° 11 con sede en la Urbanización Brasil de esta ciudad, hasta tanto se celebre la audiencia oral y así garantizar la integridad física y mental de la Víctima y su oportuna participación en el proceso penal".
Este Tribunal antes de decidir observa, que de acuerdo a los dispositivos legales, 23, 118 y 120 numeral 4 contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal y 662 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, los mismos establecen que el Ministerio Público y los Jueces deben garantizar la debida y oportuna comparecencia de la víctima a los actos y garantizar sus derechos y respeto, así como la protección durante el proceso y dado lo manifestado por la solicitante, aunado al acta que acompaña a la presente solicitud, considera quien suscribe que los hechos narrados se subsumen en los dispositivos legales referidos up supra; por lo que este Tribunal estima conveniente declarar con lugar la solicitud realizada por el Fiscal Superior y en consecuencia ordena ratificar la medida de protección otorgada en fecha 21-11-2005 a favor de las víctimas en la presente causa, por lo que acuerda los recorridos policiales permanentes y las visitas domiciliarias; en virtud de ello, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de Ratificación de la medida de protección solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de del niño OSCAR EDUARDO ANGULO LEVEL, domiciliado en la calle Guiria, casa s/n de color verde, cerca de la bodega Mis Hijos. Líbrese oficio a la Fiscalía Superior y al Comandante del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre. Cúmplase.

La Juez de Juicio,

Abg. Ayskel Martínez de Muñoz
La Secretaria,

Abg. Rosa Marcano.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a ordenado.

La Secretaria,

Abg. Rosa Marcan