REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
ASUNTO : RL01-P-1996-000029
Revisando este Juzgador cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, puede observar que el penado: VICTOR JOSE ARCIA Titular de la Cédula de Identidad No-8.645.784 en ningún momento fue condenado en esta causa, sino en otra causa llevado por otro tribunal de esta misma unidad bajo el No-RL01-P-1.996-00045 número antiguo 2819 y por error involuntario a partir del folio 114, 4 pieza de la presente causa fueron consignados recaudos y un recurso de revisión interpuesto relacionada con el referido penado quien se encuentra privado por cumplimiento de pena pero por la causa arriba señalada; a tales efectos como en buen derecho lo procedente es que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerde dejar sin efectos la tramitación del Recurso de Revisión planteado por el penado: VICTOR JOSE ARCIA Titular de la Cédula de Identidad No-8.645.784 en virtud de que dicho recurso fue tramitado y remitido a la Corte de Apelaciones de este circuito por el verdadero tribunal competente que lleva la causa, considerándose inoficioso remitir un asunto que fue tramitado por error, que fue subsanado por el tribunal de la causa y que dicho recurso que se deja sin efecto logró su fin en el tribunal correspondiente.