REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 4 de mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2002-000025
ASUNTO : RK01-P-2002-000025

AUTO ACORDANDO EXAMEN PSICO-SOCIAL:


Visto el oficio n° 619 y 620 de fecha 06/04/2006, recibido en este Juzgado en fecha 21/04/2006, suscrito por T.S.U.P. DENIS JOSÉ MENDEZ, Director del Internado Judicial de Carúpano, en el remite planilla de solicitud de estudios para optar al Destacamento de Trabajo suscrita por los penados SERGIO PACHECO MATA y JUSTINO MANUEL GOMEZ, en virtud a que los mismos cuenta con el tiempo para optar a la Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena; este Tribunal una vez revisada las actuaciones de la presente causa se evidencia de la misma, que no existe examen Psico-Social que le hayan realizado a los penados SERGIO PACHECO MATA, titular de la cédula de identidad N° v-5.912.409 y JUSTINO MANUEL GOMEZ, titular de la cédula de identidad n° V-3.424.500. Ahora bien, por cuanto este requisito es indispensable para el otorgamiento de cualesquiera de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena; es por lo que este Juzgado ACUERDA la practica de dicho Reconocimiento Psicológico y Social a los mencionados penados; comisionando al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 5 de la ciudad de Carúpano, a los fines que practique los exámenes de rigor, y una vez practicado remita las resultas a este Juzgado y al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano, informándole que este tribunal acordó la practica de la evaluación Psico-social a los penados de autos. Ofíciese a la Unidad de alguacilazgo de la ciudad de Carúpano a los fines que haga llegar los oficios respectivos a sus destinatarios. Todo de conformidad con el artículo 501, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Librese los oficios respectivos. Cúmplase.-
Juez Itinerante de Ejecución,

Abg. Francys Rivero
Secretario,

Abg. Jesús Milano Savoca