REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 15 de mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-1996-002819
ASUNTO : RL01-P-1996-000045

Visto el oficio n° 1078 de fecha 11/05/2006 suscrito por el T.S.U. Luis Villacinda, Director del Internado Judicial de Cumaná, donde comunica que el interno VICTOR ARCIA, titular de la cédula de identidad n° V-8.645.784, tiene consulta médica el día 15/06/2006 a las 7:00 de la mañana en el Hospital Central de esta ciudad, con el Dr. Armando Mago en el área de Neurocirugía, y solicita autorización para trasladarlo hacia el Hospital Central de esta ciudad, área de Neurocirugía; y visto que dicho petitorio no es contrario a derecho, este Juzgado de Ejecución del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, como garante de los derechos ciudadanos del penado VICTOR JOSÉ ARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.645.784, entre ellos el derecho a la salud; acuerda: oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, para que realice las gestiones necesarias para que el penado sea trasladado con las estrictas seguridades que el caso amerite hasta el Hospital Antonio Patricio de Alcalá de esta ciudad, área de Neurocirugía, el día jueves quince (15) de junio del presente año a las 7:00 AM, para que se le practique evaluación médica relacionada con su estado de salud.
Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 10, 64, y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio al Director del Internado Judicial de Cumaná. Cúmplase.-
Juez Itinerante de Ejecución,

Abg. Francys Rivero
Secretario,

Abg. Jesús Milano Savoca