REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 08 de Marzo del 2.006
195° Y 147°
Exp. N° 13.181

DEMANDANTE: MANUEL ROCHAS PITA, titular de la Cédula de
De Identidad N° E-81.981.220.

APODERADO: JESÚS ALBERTO MARTÍNEZ NAVARRO y EINSTEN
ALBERTO MANEIRO, inscrito en el InpreAbogado
bajo los N° 61.297 y 33.415.

DOMICILIO PROCESAL: Edificio Funda-Bermúdez, Piso 04, Ofic. 04
Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre
DEMANDADOS: QUIRINO JOSÉ MONTAGGIONI y FRANCISCA LEDI
LEÓN DE MONTAGGIONI, titulares de las Cédula
de Identidad N° 3.135.401 y 2.902.166,
respectivamente”

APODERADO: No otorgo Poder.

MOTIVO: EJECUCIÓN DE HIPOTECA.

TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Visto el convenimiento suscrito por los Abogado en ejercicios: JESÚS ALBERTO MARTÍNEZ NAVARRO y EINSTEN ALBERTO MANEIRO inscrito en el InpreAbogado bajo los N° 61.297 y 33.415, respectivamente y en su carácter acreditado en autos, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento suscrito. En consecuencia se ordena Oficiar al Banco Industrial de Venezuela, a los fines de que la cuenta N° 0052-79-0100310717, aperturada en fecha 03 de Marzo del 2006, por la cantidad de DIECISIETE MILLONES DE BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 17.000.000,00), según Planilla de Deposito N° 48105297, a nombre del ciudadano: MANUEL ROCHA PITA y del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. Asimismo la Cuenta será movilizada por el ciudadano: MANUEL ROCHA PITA, Portugués, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad No. E-81.981.220 y de este domicilio, e igualmente se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente.- Y así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,


T.S.U. Francis Vargas c.


Exp. Nro. 13.181.-
SGDM/Fvc/ajno.-