REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE - GUIRIA
Güiria, 30 de Marzo de 2.006
195° y 147°
Vista la decisión dictada por este Tribunal en fecha dieciséis de Febrero del año dos mil (16-02-2000), en el juicio de Cobro de Prestaciones Sociales, seguido por los ciudadanos Antonio Beato Estrada y José Mauricio Castro Valdez, contra la Empresa Inmaca, C.A. (Miguel Torres), mediante la cual declaró Perimida la Instancia por falta de impulso procesal, al respecto se hace el siguiente pronunciamiento:
Que desde la decisión dictada, hasta la presente fecha, no ha sido posible lograr la notificación de las partes, por cuanto los mismos residen fuera de esta jurisdicción, a los fines de que pudieran ejercer los recursos correspondientes.-
Que la Ley de Funcionamiento Judicial, establece la Desincorporación del Archivo sede, de aquellos expedientes en que la causa haya terminado, y prevee que los mismos sean enviados al Archivo Regional, a los fines legales consiguientes.
Que en virtud a lo antes expuesto, y a la inactividad muy prolongada (más de 5 años) en el proceso, por parte de la demandante, es por lo que este Juzgado del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero; Desistida la demanda.
Segundo: Terminado el presente juicio y consecuencialmente ORDENA EL ARCHIVO del expediente, el cual será remitido al Archivo Regional, en su debida oportunidad.
EL JUEZ,
AB. GABRIEL ANGEL BONILLA M.
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha de cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
GABM/amm.-
Exp: 532-99.-