REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS ELOY BLANCO
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
195° y 147°
EXPEDIENTE N° 04-76
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA
SOLICITANTE DE OBLIGACION ALIMENTARIA: ALEXANDER JOSE YAÑEZ, a través de la Fiscal Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Dra. Tamara Cuevas Hernández.
SOLICITADA EN OBLIGACION ALIMENTARIA: EUCLADYS TERESA SANCHEZ
Se inicia el presente Procedimiento por demanda, Fijación de Obligación Alimentaria, intentada en fecha 18 de Agosto de 2004, por la ciudadana EUCLADYS TERESA SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, Cedulada N° V- 16.701.309, residenciada en: Sector Santa Martha, frente a la bomba, Casa S/N°, Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, actuando en representación de su menor hijo, el niño EDGAR ALEXANDER YAÑEZ SANCHEZ, de su mismo domicilio y dirección; acción intentada a través de la Fiscal cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del ciudadano ALEXANDER JOSE YAÑEZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, Cedulado N° V- 11.967.886, domiciliado en: Urbanización Playa Grande, Calle N° 05, Casa N° 08, Carúpano, Estado Sucre, admitida en fecha 23-08-2004, Expediente N° 04-76, y reformada en fecha 12-11-2004, sustituyéndose la parte demandada por la parte demandante y la parte demandante por la parte demandada en la acción intentada en fecha 18-08-2004, reforma esta admitida de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
De la revisión del referido Expediente, 04-76, se evidencia que cursan a los folios números: 24, Avocamiento de la Juez; 25 y 27, diligencias a través de la cuales el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Notificación a la Representante de la Fiscalía y Boleta de Citación y Compulsa a nombre de la demandada, e informa al Tribunal la imposibilidad de dar cumplimiento a la citación señalada; 32, Auto del 06-03-2006, donde se ordena expedir por Secretaría Cómputo del lapso transcurrido desde la fecha de la última actuación hasta el 06 de Marzo de 2006; y 33, Nota de Secretaría dando cumplimiento al Cómputo solicitado.
Ahora bien, de las anteriores observaciones se evidencia que la última actuación procedimental es de fecha 21-01-2005, que se refiere a la consignación de la Boleta de Citación y Compulsa de la demandada, sin que las partes hayan realizado acto de procedimiento alguno en la presente Causa hasta esta fecha, 07 de Marzo del 2006.- De conformidad con la Nota de Secretaría que determina el lapso transcurrido desde la ultima actuación, diligencia del Alguacil consignando Boleta de Citación y Compulsa de la demandada, 21 de Enero de 2005, hasta la fecha del auto que ordena el cómputo 06 de Marzo de 2006, ha transcurrido el lapso de 01 AÑO, 01 MES Y 15 DIAS, por lo que a la presente fecha, 07 de Marzo de 2006, ha transcurrido el lapso de UN (01) AÑO, UN (01) MES DIECISEIS (16) DIAS, lapso este mayor en 01 mes y 16 días al establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil de UN (01) AÑO, para que proceda la Perención de la Instancia, se copia en parte el referido Artículo:
“... Toda instancia se extingue por el transcurso
de un año sin haberse ejecutado ningún acto de
procedimiento por las partes. La inactividad del Juez…”.
Es por las consideraciones anteriores que este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento, Expediente N° 04-76, Causa seguida por el ciudadano ALEXANDER JOSE YAÑEZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, Cedulado N° V- 11.967.886, y domiciliado en Urbanización Playa Grande, Calle N° 05, Casa N° 08, Carúpano, Estado Sucre, a través de la Fiscal Cuarta del Ministerio Público, Dra. Tamara Cuevas Hernández, en contra de la ciudadana EUCLADYS TERESA SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, soltera, y residenciada en: Sector Santa Martha, frente a la bomba, Casa S/N°, Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, por Fijación de Obligación Alimentaria. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 14, en lo referente a “El Juez es el director del proceso y puede impulsarlo de oficio hasta su conclusión…”, 267, 268 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese de la Decisión a la parte actora y al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese comisión al Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, a objeto de la notificación de la parte actora.
Publíquese, Regístrese y Diarícese la presente Decisión y déjese Copia Certificada.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala sede de este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Casanay, a los siete (07) días del mes de Marzo del año dos mil seis (2006).
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. ADELAIDA FERNÁNDEZ LIRA
LA SECRETARIA,
ABG. NORAIMA MARIN
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se publicó la anterior decisión, siendo las 11:15 a.m.
LA SECRETARIA,
ABG. NORAIMA MARIN
EXP. N° 04-76
AFL/NM/rdcv.
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