REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCION DEL ESTADO
SUCRE EXTENSION CARUPANO
Carúpano, 27 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RK11-P-2003-000002
ASUNTO: RJ11-X-2003-000018


AUTO NEGANDO LA PRESENTE AUTORIZACIÓN


Visto el escrito interpuesto por la Ciudadana TTS. BAHILDA ANTONIA RAMOS N. en su condición de Directora el Centro de Tratamiento Comunitario “Miguel Antonio Blanco Guerra”, solicitando la autorización para el disfrute de los permisos de fin de semana de acuerdo a oficio N° C.T.C.0146-06, de los penados Plaza Larez Pilar Rafael; Martínez Marcano Daniel José; Rodríguez Rodolfo Rafael; analizada la solicitud, este Tribunal Segundo de Ejecución considera:

Primero: La solicitante carece de cualidad suficiente para realizar la presente solicitud.
Segundo: No consigna en la presente solicitud, documentación que acredite lo alegado por los penados en la presente escrito.
Tercero: La solicitante, al igual que los penados, no cumple los requisitos exigidos por la Ley de Régimen Penitenciario de conformidad al artículo 63; al igual que no notifica al Fiscal de Ministerio Público de la presente solicitud.

Este Juzgado Segundo de Ejecución, estudiado lo solicitado, y analizando lo establecido en el articulo 63 de la Ley de Régimen Penitenciario, NIEGA LA PRESENTE SOLICITUD, y a la vez se recomienda tomar las correcciones al respecto. Notifíquese al ciudadana Solicitante, a los penados señalados en la presente solicitud, sus defensores y a la Fiscalia Penitenciario del Ministerio Público. Así se acuerda y Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución
Abg. Abelardo Rafael Royo H.
El Secretario
Abg. Jesús E. García