CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 24 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000198
ASUNTO: RP11-P-2004-000198
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA
Vista la Sentencia de Revisión de Pena, dictada por la Corte de Apelaciones de este Estado Sucre, en fecha 21-03-2006, quien revisa la pena impuesta por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en fecha 14-02-2005, en virtud de Recurso de Revisión planteado por la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, publicada en gaceta oficial N° 5.789 de fecha 26-10-05, Interpuesto por los Penados José Luis Ordosgoitti Marval, de 23 años de edad, nacido en fecha: 17-01-82 Cédula de Identidad N|° V.- 16.626.962, de profesión u oficio obrero , Domiciliado en: Sector Virgen del Valle en Playa Grande Municipio Bermúdez del Estado sucre, casa S/N Carúpano. Richard José Ordosgoitti, Venezolano, 24 años de edad , nacido en fecha 27-10-80 soltero, oficio u profesión; Obrero titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.626.960 Domiciliado en: Sector Virgen del Valle en Playa Grande Municipio Bermúdez del Estado sucre, casa S/N Carúpano. y Eduard José Ordosgoitti Marval, Venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 02-05-85 soltero, oficio estudiante titular de la cédula de identidad N° 16.626.962, Domiciliado en: Sector Virgen del Valle en Playa Grande Municipio Bermúdez del Estado sucre, casa S/N Carúpano, donde procedió a rebajar la pena que le fue impuesta a los condenados, por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de Tres (3) años y Cuatro (4) meses de prisión a Un (1) año de Prisión, quedando en definitiva la pena a cumplir en Un (1) años de Prisión más las accesorias de Ley, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de La Colectividad, de conformidad con el artículo 475 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente; en consecuencia , EJECÚTESE dicha Sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 479 en relación con el artículo 482 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Juzgado para decidir observa:
PRIMERO
Los penados Eduard José Ordosgoitti Marval y Richard José Ordosgoitti Marval, fueron detenidos el día 14-06-2004, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha; estando detenidos por un lapso de Un (1) año, Nueve (9) meses y Diez (10) días, y como fueron condenados a cumplir la pena de Un (1) año de Prisión, Este Tribunal Acuerda Su Inmediata Libertad Por Cumplimiento de la Totalidad de la Pena. Así como de las accesorias que pudieran aplicarse, que serian Dos (2) meses y Doce (12) días, en virtud del tiempo que tienen detenidos.
En lo que respecta al Penado José Luis Ordosgoitti Marval, este fue detenido en fecha 14-06-2004, permaneciendo en esas mismas condiciones hasta el día 18-01-06, fecha en la que se le revocó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena Destacamento de Trabajo, por incumplimiento del mismo y se libró Boleta de Encarcelación en su contra remitiéndose la misma al C.I.C.P.C. Sub- Delegación Carúpano, pero es el caso que desde la fecha de su detención hasta la fecha en que le fue revocada la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, estuvo detenido Un (1) año, Siete (7) meses y Un (1) día. Por lo cual se Acuerda su Libertad Por Cumplimiento de la Totalidad de la Pena Impuesta. Así como de las accesorias que pudieran aplicarse que serian Dos (2) meses y Doce (12) días, en virtud del tiempo que tenia detenido.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA LIBERTAD PLENA a los ciudadanos José Luis Ordosgoitti Marval, de 23 años de edad, nacido en fecha: 17-01-82 Cédula de Identidad N° V.- 16.626.962, de profesión u oficio obrero , Domiciliado en: Sector Virgen del Valle en Playa Grande Municipio Bermúdez del Estado sucre, casa S/N Carúpano. Richard José Ordosgoitti, Venezolano, 24 años de edad , nacido en fecha 27-10-80 soltero, oficio u profesión; Obrero titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.626.960 Domiciliado en: Sector Virgen del Valle en Playa Grande Municipio Bermúdez del Estado sucre, casa S/N Carúpano. y Eduard José Ordosgoitti Marval, Venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 02-05-85 soltero, oficio estudiante titular de la cédula de identidad N° 16.626.962, Domiciliado en: Sector Virgen del Valle en Playa Grande Municipio Bermúdez del Estado sucre, casa S/N Carúpano. Por Cumplimiento de la Totalidad de la Pena. Así como de las accesorias que pudieran aplicarse en el presente caso, que serian: Dos (2) meses y Doce (12) días, en virtud del tiempo que estuvieron detenidos. Librese oficio junto con boleta de libertad al director del internado Judicial de esta ciudad en lo que respecta a los Penados Eduard José Ordosgoitti Marval y Richard José Ordosgoitti Marval. En cuanto al Penado José Luis Ordosgoitti Marval, Librese oficio al C.I.C.P.C. Sub-Delegación Carúpano a los fines de informar a este Tribunal si la Orden de Captura N° RL11-OFO-2006-108, librada en fecha 19-01-2006 contra el ciudadano José Luis Ordosgoitti Marval en viada a ese Despacho fue materializada, a los fines de ser impuesto de la ejecución de la sentencia. Cúmplase. Librese lo conducente.
Notifíquese a las partes.
La Juez Primero de Ejecución
Dra. Yaunis Villegas Verde
La secretaria
Dra. Maria Pereira
|