REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre-
Extensión Carúpano
Tribunal Cuarto de Control
Carúpano, 03 de Marzo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-000964
ASUNTO: RP11-P-2006-000964

Visto el escrito interpuesto por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Abg. Pedro Navarro, donde solicita se Autorice el Allanamiento en la residencia de la ciudadana DORIS SALAZAR, a fin de ubicar y recuperar ARMAS DE FUEGO, ARTEFACTOS ELÉCTRICOS COMO LICUADORA, BATIDORA, VENTILADORES, EQUIPOS DE SONIDO; es por éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Expide dicha Orden de Visita Domiciliaria, autorizando la realización del allanamiento en la dirección antes mencionada, a ser practicada por funcionarios adscritos al Departamento de Investigaciones Penales del Comando de la Región Policial Nro 03 . Dicha orden tiene una duración de siete días. Todo en conformidad con lo establecido en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda asimismo remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía de origen.
La Jueza Cuarta de Control
Abg. Lourdes María Salazar El Secretario

Abg. Josandres Mejias