REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 24 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2005-000174
ASUNTO : RP01-D-2005-000174
En el día de hoy, Veinticuatro (24) de Marzo del año dos mil seis (2006), siendo las 2:00 PM, se constituyó el Juzgado Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, presidido por la Juez Abg. Arelys González Rondon quien en este acto se avoca al conocimiento de la presente causa, acompañada del Abg. Simón Malavé, secretario de sala, a fin de realizar la audiencia oral para nombrar defensor e imponer de la investigación los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, quienes figuran como imputados en la causa N° RP01-D-2005-000174. Se verifica la presencia de las partes dejándose constancia que se encuentran presentes los adolescentes, la defensora Pública Abg. Mildred Guerra E. y el Representante del Ministerio Público, Fiscal Sexto Abg. Ermilo Rosales, quien a tal efecto en este acto, cumpliendo con el contenido del articulo 542 en concordancia con el artículo 654 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y a tal efecto manifiesta que impone de las presentes investigaciones a las adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX a quien esta Fiscalía le sigue investigación en su contra por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS en perjuicio de ELIENER ENRIQUE ARANA COVA, ello en virtud de que en fecha: 01/05/05 la ciudadana Lisbeth Cova presento denuncia por ante el destacamento policial N° 13 del Municipio Bolívar Estado Sucre adscrito al IAPES, donde manifiesta que los adolescentes antes mencionados la agredieron a su hijo Eliener Enrique Arana Cova con botellas, causándole una herida en la pierna. Es todo.- El Tribunal impuso a los adolescentes del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 Ordinal 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en consecuencia al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXX y expuso: “Eliener empezó primero tirándole piedras a nosotros, ellos se pusieron adelante y nosotros nos quedamos atrás, después Geiner le lanzo una botella y yo le tire otra y fue que lo corte.- Es todo. Seguidamente se hace ingresar al imputado XXXXXXXXXXXXXXX una vez impuesto del precepto constitucional y expone: Íbamos Luis, Maykel, yo y Eliener para arriba, tirándonos piedritas y coquitos, luego yo agarre una botella se la tire y después Luis le tiro una botella y lo corte.- Es todo.- Seguidamente se le concede la palabra a la defensora y expone: Insto en esta audiencia al representante fiscal a los fines de que cite a la victima a su despacho para que ordene la práctica de examen medico legal en virtud que en fecha 06/05 se puede observar que la victima presenta un proceso infeccioso sobre agregado que le ha ocasionado retardo en el proceso de cicatrización y requiere nueva valoración en el lapso de un mes, posterior a ese examen no cursa ningún otro a las actuaciones para verificar el estado de las heridas ocasionadas, así mismo insto a que una vez obtenidos dichos resultados si las lesiones ocasionadas no fueren graves realice lo conducente a fin de que se lleve a efecto conciliación entre las partes.- Es todo.- Oídas las partes así como la declaración de los imputados adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXXX a quien esta Fiscalía le sigue investigación en su contra por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS en perjuicio de ELIENER ENRIQUE ARANA COVA y siendo que se trata de un delito de acción pública, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público a los fines de que continué con la investigación conforme al procedimiento ordinario.- Librese oficio correspondiente al Fiscal del Ministerio Público.- Quedan las partes notificadas del presente acto, Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 2:15 PM.
Juez Segundo de Control
Abg. Arelys González Rondon
Fiscal Del Ministerio Público
Abg. Ermilo Rosales
La Defensora,
Abg. Mildred Guerra E.
Alguacil
Ernesto Rodríguez
Secretario
Abg. Simón Malavé