REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-004493
ASUNTO : RP01-P-2005-004493


Visto el oficio N° 2006-138 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciaria, donde solicita se le informe sobre el Régimen de Prueba del Penado: Carlos Ernesto Chacin, portador de la cedula de identidad N°V-10.483.788, en virtud del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, otorgado por este Tribunal en fecha 25-11-2005. Revisada la causa evidenciando que efectivamente el penado: Carlos Ernesto Chacin, le fue otorgado el beneficio de suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena en fecha 25-11-2005, Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Cumana Estado Sucre Acuerda por no ser contraria a derecho y ser procedente dicha solicitud oficiar a la Lic. Carmen Emilia Osuna, Jefa de la U.T.A.S.P el lapso de régimen de prueba del Penado: Carlos Ernesto Chacin, el cual consiste en cumplir la pena de Un (1) año y Nueve (9) meses de prisión, por la comisión del Delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Lesiones Menos Graves. Todo de conformidad con lo previsto en el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.