REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Primero de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 14 de marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1997-000015
ASUNTO : RL01-P-1997-000015
Visto el oficio n° 669 de fecha 10/03/2006 suscrito por T.U.S. JORGE PARADA QUINTERO, en su carácter de Director del Internado Judicial de Cumaná, donde informa que el interno JUAN CARLOS AMUNDARAY, titular de la cédula de identidad n° V-13.772.500, tiene consulta el día 20/03/2006 a las 7:00 de la mañana en el Hospital Central de esta ciudad y solicita autorización para trasladarlo hasta el referido Hospital para la fecha y hora pautada; en virtud de ello y visto que dicho petitorio no es contrario a derecho, este Juzgado Primero de Ejecución como garante de los derechos ciudadanos del penado JUAN CARLOS AMUNDARAY, titular de la cédula de identidad n° V-13.772.500, entre ellos el derecho a la salud, acuerda oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, para que realice las gestiones necesarias a los fines que el penado de autos sea trasladado con las estrictas seguridades que el caso amerite hasta el Hospital Antonio Patricio de Alcalá el día lunes veinte (20) de marzo del presente año a las 7:00 de la mañana, para que se le practique evaluación médica relacionada con su estado de salud. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 10, 64, y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio respectivo. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
Juez Itinerante de Ejecución,
Abg. Francys Rivero
Secretaria,
Abg. Karen Villamizar