REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2000-000137
ASUNTO : RJ01-P-2000-000137


Vista y analizada la solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por representante de la Fiscalía Primera del Ministerio Público Dr. Jesús Enrique Requena Rodríguez, de esta Circunscripción Judicial; a favor del ciudadano Luis Rafael Meneses, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Ana del Carmen Moran Castillo; fundamentó su solicitud en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.

DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
La presente causa se inicia en fecha 02 de junio de 2002, por la comisión un delito Contra las Personas, en donde aparece como imputado Luis Rafael Meneses, y como víctima Ana del Carmen Moran Castillo.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

1º) Cursa en el expediente, en el folio 02, denuncia suscrita por Ana del Carmen Moran Castillo, quien señala las circunstancias de tiempo modo y lugar en que ocurrieron los hechos.
2º) Cursa folio 03, declaración de la misma víctima Ana del Carmen Moran Castillo, quien señala nuevamente las circunstancias de tiempo modo y lugar en que ocurrieron los hechos.
3°) Cursan en el folio 24 experticia de reconocimiento legal de un arma blanca tipo cuchillo, suscrita por funcionarios del antiguo Cuerpo Técnico de Policía Judicial.

Con los escasos elementos descritos se evidencia la fecha en que se cometió el delito y de las actuaciones posteriores, lo que a simple vista denota que operó la prescripción prevista en el ordinal 5 del artículo 108 del Código Penal, ya que han transcurrido más de cinco años desde que ocurrió el hecho y se individualizó al supuesto responsable.

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda con lugar la solicitud fiscal y en consecuencia SOBRESEE la causa a el ciudadano Luis Rafael Meneses, indocumentado, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Ana del Carmen Moran Castillo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y el ordinal 5 del artículo 108 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de que el nombre y número de cédula del imputado sea desincorporado del sistema y archivos de la institución. Y remítanse las presentes actuaciones al juzgado de ejecución en el lapso legal correspondiente. Es todo, Cúmplase.

El Juez

La Secretaria

Douglas José Rumbos Ruiz

Ysabel García