REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008657
ASUNTO : RP01-P-2005-008657
Vista y analizada la solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por el representante de la Fiscalía Primera del Ministerio Público Dr. Jesús Enrique Requena Rodríguez, de esta Circunscripción Judicial; a favor de ciudadanos Desconocidos, por la comisión del delito de Lesiones Leves, en perjuicio del ciudadano Carlos José Andrade Lugo; fundamentó su solicitud en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
La presente causa se inicia en fecha 20 de agosto de 2004, por la comisión un delito Lesiones, en donde aparece imputado Luis Alberto Sánchez y como víctima el ciudadano Carlos José Andrade Lugo, en virtud de que imputado le golpeó con un palo en el brazo cerca del hombre, además en la cabeza le causó una herida que ameritó 4 puntos de sutura, igualmente recibió golpes en la espalda, el cuello y el brazo izquierdo.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
1º) Cursa en el expediente, en el folio 02, denuncia suscrita por Carlos José Andrade Lugo, quien señala las circunstancias de tiempo modo y lugar en que ocurrieron los hechos.
2º) Cursa en el folio 10 informe médico forense de donde se desprende la calificación de las lesiones.
Con los elementos descritos se evidencia que fue el 20 de agosto del 2004, fecha en que se cometió el delito, lo que a simple vista denota que operó la prescripción, en virtud de que la misma no fue interrumpida por acto procesal alguno, y habiendo transcurrido más de un año desde que ocurrió el hecho y se individualizó al responsable, lo que a criterio de este Tribunal se cristalizó la prescripción prevista en el ordinal 6 del artículo 108 del Código Penal.
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SOBRESEE la causa por la comisión del delito de Lesiones Leves, al ciudadano Luis Alberto Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.636.016, donde aparece como víctima el ciudadano Carlos José Andrade Lugo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y el ordinal 5 del artículo 108 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítanse las presentes actuaciones al juzgado de ejecución en el lapso legal correspondiente. Es todo, Cúmplase.
El Juez
La Secretaria
Douglas José Rumbos Ruiz
Ivette Figueroa Baptista