REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL
Cumaná, 30 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-006395
ASUNTO : RP01-P-2005-006395
Revisada como ha sido la presente causa, se observa que el Ministerio Público, en fecha 11-10-05, presentó como Acto Conclusivo solicitud de Sobreseimiento, tal y como se desprende del folio ciento uno (101) del presente asunto, y siendo que en las fechas 01-12-05, 06-02-06 y 27-03-06, éste Tribunal por error involuntario venía levantando actas de diferimientos pero haciendo mención a diferimientos de Audiencia Preliminar, cuando lo correcto era fijar Audiencia de Sobreseimiento, en virtud que la referida Fiscalía no presentó Acusación como Acto Conclusivo; por lo que pertinente resulta dejar SIN EFECTO el acta de diferimiento de fecha 27-03-06, por medio de la cual éste Tribunal convoca a la celebración de una Audiencia Preliminar que no corresponde como acto procesal subsiguiente para el 07-06-06, y en consecuencia se acuerda utilizar dicha fecha 07-06-06, para la celebración de la Audiencia Oral de Sobreseimiento, siendo que es el Acto Procesal que corresponde . Notifíquese a las partes de la convocatoria de la Audiencia de Sobreseimiento a celebrarse el 07-06-06. Y ASI SE DECIDE
El Juez Tercero de Control
La Secretaria
Nayip Antonio Beirutti Chacón
Abog. Sonia Alfaro
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