REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 8 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-005035
ASUNTO : RP01-P-2005-005035
Vista y analizada la Solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por la abogada JENNY RAMIREZ quién actúa en su carácter de Fiscal Segunda encargada del Ministerio Público, del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; donde solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparece como imputado OSCAR LUIS ARENAS y como victima SONIA DEL VALLE CORDOVAPINTO, titular de la cédula de identidad N° 10.946.304, residenciada en el sector el Peñón de esta Ciudad por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia.
I
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
Se inicia la presente investigación en fecha 27-04-02, según expediente N° 19-f-2-0188102, mediante denuncia al folio 02, interpuesta por la ciudadana SONIA DEL VALLE CORONADO PINTO, ante el Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, División de inteligencia y expone entre otras cosas: “Resulta que tengo mi novio de nombre Oscar Luís Arenas, en horas de la noche del 26/04/02, ambos salimos pero este al llegar a la casa de sus padres donde vive empezó a agredirme debido a que desde horas tempranas estaba ingiriendo bebidas alcohólicas, los golpes que me propino me causaron inflamación del ojo derecho con sangramiento interno, es de señalar que esta no es la primera vez que lo hace…”
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Estudiadas como han sido las presentes actuaciones se deja que efectivamente la denunciante alega haber sido victima de agresiones físicas por parte de su novio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia, pero no consta en las actuaciones examen forense que corrobore la existencia de las lesiones, ni entrevista de testigo alguno, motivos por los cuales este tribunal considera declarar procedente la solicitud del Ministerio público de sobreseer la presente causa ya que sin el examen médico forense el hecho objeto del proceso como lo es el de VIOENCIA FISICA, no puede estimarse como realizado, fundamentando dicho sobreseimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
III
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al ciudadano OSCAR LUIS ARENAS, de quién se desconocen mas datos donde aparece como victima la ciudadana SONIA DEL VALLE CORDOVAPINTO, titular de la cédula de identidad N° 10.946.304, residenciada en el sector el Peñón de esta Ciudad, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia y que de acuerdo a lo señalado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público no quedo comprobado la existencia de un hecho punible que dio origen a la investigación y por lo tanto este Juzgador procede a DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Se prescinde de la celebración de la audiencia oral, ya que no se tienen datos del presunto autor del hecho y de igual forma la denunciante nunca procedió a efectuarse los exámenes médicos forense por lo que la misma no tuvo interes en proseguir el presente proceso, todo ello fundamentado en la parte infine del encabezamiento del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 175 Ejusdem y remítase las presente actuaciones al Archivo Central en espera de las resultas de las Notificaciones realizadas a las partes y posteriormente a la Unidad de ejecución en el lapso legal correspondiente.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. SAMER ROMHAIN
LA SECRETARIA Dra. ANA LUCIA MARVAL
Nota.- En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado
LA SECRETARIA Dra. ANA LUCIA MARVAL
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