REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Exp. N° 15.386.

DEMANDANTE: MERCEDES MARGARITA RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, Titular de
la Cédula de Identidad N° 9.458.940.

APODERADO: No otorgo Poder.

DEMANDADA: ORLANDO JOSÉ BRAZÓN UGAS, titular de
la Cedula Identidad N° 5.884.603.

APODERADO: No otorgo Poder.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

SENTENCIA: DEFINITIVA

En fecha 05 de Mayo del 2006, la ciudadana: MERCEDES MARGARITA RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.458.940 y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: VÍCTOR MANUEL DÍAZ ORTIZ, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 23.150, presentó por ante éste Tribunal solicitud de DIVORCIO contra su cónyuge, ciudadano: ORLANDO JOSÉ BRAZÓN UGAS, venezolano, casado, mayor de edad, con domicilio en la Calle Colombia, Casa N° 09, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad N°. 5.884.603, y en consecuencia el demandante expone:
Que contrajo Matrimonio Civil, por ante la Prefectura Civil del Distrito Andrés Mata, hoy Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, en fecha 16 de Noviembre de 1.982, tal como se evidencia del Acta de matrimonio que marcada con la letra “A”, consta al expediente; fijando su domicilio conyugal en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.-
Que por razones personales surgidas entre ambos cónyuges, resolvieron separarse de hecho hace más cinco (05) años y sin que hasta la presente fecha se hayan reconciliado.-
Que por todas estas razones, es por lo que acude por ante éste Tribunal a demandar por DIVORCIO a su cónyuge ciudadano: ORLANDO JOSÉ BRAZÓN UGAS, fundamentando su acción en el artículo 185-A del Código Civil.
Durante el matrimonio se procreó Tres (3) hijos de Nombre: ZULIA MARGARITA, LISETH MERCEDES y DANIEL JOSÉ BRAZÓN RODRÍGUEZ, quiénes son mayores de edad; e igualmente no se adquirieron bienes que repartir.
La presente demanda fue admitida por auto de fecha: 09 de Mayo del 2006, ordenándose la citación del demandado, ciudadano: ORLANDO JOSÉ BRAZÓN UGAS, y la notificación del ciudadano: FISCAL CUARTO DE FAMILIA DEL MINISTERIO PÚBLICO, citación y notificación que fueron practicadas y cursan en los folios Seis (06) y Nueve (09) del expediente.
En su oportunidad correspondiente tuvo lugar el acto de comparecencia del demandado, ciudadano: ORLANDO JOSÉ BRAZÓN UGAS, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio, ciudadano: JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ, de éste domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.460; y estando presente el demandado manifestó estar de acuerdo con lo expuesto por su cónyuge en la solicitud de DIVORCIO.
Durante el lapso legal el FISCAL CUARTO DE FAMILIA DEL MINISTERIO PUBLICO, no hizo objeción alguna a la solicitud promovida por el demandante; y éste Tribunal siendo la oportunidad legal para dictar sentencia en el presente juicio, previamente observa:
La solicitud de DIVORCIO intentada por la ciudadana: MERCEDES MARGARITA RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, está fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil.- La cónyuge, demandada reconoció los hechos expuestos en la solicitud de DIVORCIO. El Fiscal Cuarto de Familia, no hizo oposición alguna a la solicitud de la demandante, según se evidencia de la opinión favorable que cursa al folio Once (11) del expediente. En el caso de autos se han cumplido todas las disposiciones sustantivas y procesales que regulan la materia, por lo que es criterio de ésta Sentenciadora considerar procedente la disolución del vínculo conyugal que la une a su esposo en fundamento al Artículo 185-A del Código Civil, invocado por el demandante. Y así se decide.
Por todas las razones expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana: MERCEDES MARGARITA RODRÍGUEZ JIMÉNEZ contra el ciudadano: ORLANDO JOSÉ BRAZÓN UGAS, quedando así en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, en fecha 16 de Noviembre de 1982.-
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; en Carúpano, a los Veintiuno (21) días del mes de Junio del año Dos Mil Seis (2006). Años: 195º la Independencia y 146º de la Federación.-
La Juez.
La Secretaria,
Abg. Susana García de M.-
Abg. Francis Vargas C.
En su fecha y previa las formalidades de la Ley, se publicó la anterior sentencia, siendo las 12:45 p.m.
La Secretaria.









SGdM/Fvc/ajno.-
Exp. 15.386.-