JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 08 DE JUNIO DE 2006
196° y 147°


Visto la anterior diligencia suscrita por la ciudadana BETTY HURTADO DE PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.605.430, Abogado en ejercicio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.26.932, en su carácter de Apoderada de los ciudadanos EFRAN JOSÉ MATA y LUCILA HIGINIA GONZÁLEZ DE MATA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.083.159 y V-5.690.503 respectivamente; mediante la cual, DESISTE del presente procedimiento de Intimación y Estimación de Costas incoado contra el ciudadano MOHAMAD CHAMEL YEHIA, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-80.854.388, reservándose el derecho de volver a demandarlo de ser necesario. Se le dio cuenta a la ciudadana Juez Provisorio de la misma. En tal sentido, visto el medio de autocomposición procesal suscrito, es por lo que de conformidad con lo previsto en los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, éste Órgano Jurisdiccional le imparte la HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO efectuado. En consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente. Ello en virtud de la presente acción que por ESTIMACIÓN DE COSTAS incoada por los ciudadanos EFRAN MATA Y LUCILA MATA DE GONZÁLEZ contra del ciudadano MOHAMAD CHAMEL YEHIA en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO fue interpuesto por los ciudadanos EFRAN MATA Y LUCILA MATA DE GONZÁLEZ contra el ciudadano MOHAMAD CHAMEL YEHIA.
LA JUEZ PROVISORIO.

Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO

LA SECRETARIA.,

Abog. ROSELY VIRGINIA PATIÑO R.


HOMOLOGACIÓN
Materia: Civil Especial Ordinario
Exp. Nro.6322.06.-
YOdC/mvyf.-