REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SEDE CUMANA
SALA DE JUICIO



Visto el escrito presentado por el ciudadano JESÚS MANUEL MOYA MARCANO, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en la cual solicita a este Tribunal, se preceda a HOMOLOGAR EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITA, celebrada entre los ciudadanos JOSÉ GREGORIO PLAZA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-9.279.733, residenciado en la Urbanización Cumanagoto III, vereda 9, casa N° 28, Cumaná, Estado Sucre, y la ciudadana YOLYBEL MERCEDES GUTIÉRREZ DE FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.645.566, domiciliada en la Urbanización Cumanagoto III, vereda 9, casa N° 28, Cumaná, Estado Sucre, a favor de los adolescente Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
, de quince (15) y dieciséis (16) años de edad respectivamente.-

Ahora bien este Tribunal para decidir Observa:

Al folio ocho (8) cursa acta levantada ante la Fiscalia del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de fecha dieciocho (18) de mayo del año dos mil seis (2.006), distinguida SUC-FMP-4-154-2006, debidamente firmada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico y las partes intervinientes en este acto celebrado, de común acuerdo establecieron.-

El ciudadano: JOSÉ GREGORIO PLAZA HERNÁNDEZ, buscará a sus hijos y compartirá con ellos un sábado cada quince (15) días, sin pernotar con ellos.-

El convenimiento celebrado y firmado por ante esta Fiscalia antes mencionada y en total acuerdo la madre de los adolescentes ciudadana YOLYBEL MERCEDES GUTIÉRREZ DE FLORES.-

A tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes establecieron tal forma de dar cumplimiento al Régimen de Visitas, no siendo ello contrario al interés Superior de los adolescente Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
de quince (15) y dieciséis (16) años de edad respectivamente, es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, bajo la decisión del Juez Temporal N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 8 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN celebrada por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de este Circuito Judicial del Estado Sucre, suscrita entre los Ciudadanos JOSÉ GREGORIO PLAZA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-9.279.733, residenciado en la Urbanización Cumanagoto III, vereda 9, casa N° 28, Cumaná, Estado Sucre, y la ciudadana YOLYBEL MERCEDES GUTIÉRREZ DE FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.645.566, domiciliada en la Urbanización Cumanagoto III, vereda 9, casa N° 28, Cumaná, Estado Sucre.- Así se decide.-

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la sala de juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná a los veintiséis (26) días del mes de junio del año dos mil seis (2.006).- Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
EL JUEZ TEMP. N° 01


ABG. JESÚS SALVADOR SUCRE R.

SECRETARIA.



ABG. LUISA MÁRQUEZ


Homologación: Régimen de Visitas
Partes: YOLYBEL MARCEDES GUTIÉRREZ DE FLORES y JOSÉ GREGORIO PLAZA HERNÁNDEZ
Exp. N° 2614-06
CYD/luisa.-