REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA
En el día de hoy, martes veinte de junio de 2006, siendo las 3:00 de la tarde, oportunidad fijada por el tribunal para que tenga lugar la práctica de medida de entrega material, previa la habilitación del tiempo necesario se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medida de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, presidido por el abogado JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ y fungiendo como secretaria la abogada ANA MERCEDES LEON LOPEZ, en un inmueble ubicado en la avenida Gran Mariscal, Edificio Gran Mariscal, piso cinco, apartamento N° B-6, parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, en compañía del abogado MIGUEL RAVAGO CARREÑO, inscrito en el IPSA bajo el N° 13.760, representante legal de los ciudadanos OLINDA FALCON SANGUINETTI y CARLOS ENRIQUE VASQUEZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nrs V- 2.756.703 y 5.085.659, respectivamente, partes actoras en el juicio que por Reivindicación, se sustanció ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en contra de EDUARDO JOSE MILANO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 4.293.725, el que ordenó la entrega material del inmueble donde se encuentra constituido el tribunal, a fin de darle cumplimiento a la misma. Seguidamente el tribunal se entrevistó con el ciudadano PEDRO JOSE PEREDA MARCHAN, titular de la cédula de identidad N° V- 9.974.333, quien manifestó estar haciendo reparaciones al referido inmueble por orden de su propietario, el cual fue notificado de la misión del mismo, sugiriéndosele comunicarse con su patrono o abogado de su confianza para que lo asista en la práctica de la presente medida, y quien dio libre acceso al interior de dicho inmueble. En este estado toma la palabra el abogado MIGUEL RAVAGO CARREÑO, ya identificado y expone: “En virtud de que el juicio que dio origen a la presente entrega material quedó definitivamente firme, solicito de este tribunal me haga la entrega material en mi carácter de apoderado del demandante en este juicio. Es todo”. Seguidamente el tribunal, visto el mandamiento de ejecución y vista la solicitud que hace el apoderado judicial de la parte actora, hace formal entrega del apartamento N° B-6, del piso 5, del Edificio Gran Mariscal, situado en la avenida Gran Mariscal, parroquia Valentín Valiente, del Municipio Sucre del Estado Sucre, al abogado MIGUEL RAVAGO CARREÑO, quien lo recibe así como la llave que da acceso al mismo, para su mandante. Queda así cumplida la misión que le fuera conferida a este tribunal por el juzgado comitente, y no habiendo más diligencias que practicar, ordena el regreso a su sede siendo las 4:00 de la tarde, previa la firma de la presente acta por todos los que intervinieron.
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