REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL.
Carúpano, 26 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-2003-000082
ASUNTO: RJ11-P-2003-000082



SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACUERDO REPARATORIO (SOBRESEIMIENTO)

Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Homologa el presente acuerdo Reparatorio celebrado entre las partes y aceptado por la victima, en el asunto seguido al imputado: Edgar Alexander Villarroel, Venezolano, de 33 años de edad, nacido en fecha 12-02-73, titular de la cedula de identidad Nº 12.291.501, de profesión u oficio: Mecánico, Residenciado: Bohordar, frente a la Guardia Nacional, Municipio Cajigal, Estado Sucre y en virtud de encontrarlo incurso en el delito de Lesiones Culposas Graves, previsto y Sancionado en el Articulo 422 ordinal 2° del Codigo penal, en perjuicio de la victima Ciudadana Maria Francia Sifontes Millan y Freddy Sifontes, decreta la Extinción de la Acción Penal y en consecuencia el Sobreseimiento de la causa, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 48 ordinal 6ª y 318 ordinal 3ª todos del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el presente Asunto en su oportunidad legal al Tribunal de Ejecución Competente. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
La Juez Quinto de Control

Abg. Ysmenia Fernández


La Secretaria Judicial

Abg. Nereida Estaba Garcìa.