REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes - Cumaná
Cumaná, 1 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2006-000112
ASUNTO : RP01-D-2006-000112
Visto el escrito recibido en este Despacho, en fecha 01-06-2006, suscrito por el Dr. Luis Antonio Garreta Ávila, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual expone: "… En fecha …compareció por ante la unidad de atención a la victima de esta Fiscalía Superior del Estado Sucre, la ciudadana DIONNY MARGARITA MARQUEZ….la preocupación que siente por la vida de su hijo DAVID JOSE GARCIA MARQUEZ, ante las amenazas de muerte de que ha sido objeto por parte de FRANKLIN ELOY VELIZ quien al igual que YAN ALEXANDER JIMENEZ, son los imputados en las referidas causa, con la diferencia que YAN ALEXANDER JIMENEZ se encuentra privado de libertad y FRANKLIN ELOY JIMENEZ esta en libertad, situación que ha aprovechado para amenazar u hostigar al hijo de la victima, a fin de que no rinda testimonio sobre los hechos ocurridos el treinta de abril del año en curso donde perdió la vida su hermano ADRIAN JOSE GARCIA MARQUEZ…En consecuencia, solicito de conformidad con lo previsto en el artículo 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se decrete Medida de Protección a favor de DIONNY MARGARITA MARQUEZ y su hijo DAVID JOSE GARCIA MARQUEZ, a fin de garantizarles su integridad física y su oportuna participación en el proceso penal, considerando quien suscribe y salvo mejor criterio, que en caso de ser acordada la Medida aquí solicitada la misma consista en RECORRIDOS POLICIALES y VISITAS DOMICILIARIAS PERMANENTES por el domicilio de las victimas a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, específicamente los destacados en el Destacamento Policial N° 11 con sede en la urbanización Brasil por un lapso de seis (06) meses..”.
Este Tribunal antes de decidir observa, que de acuerdo a los dispositivos legales 23, 118 y 120 numeral 4 contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal y 662 literal “C” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, los mismos establecen que el Ministerio Público y los Jueces deben garantizar la debida y oportuna comparecencia de la víctima a los actos y garantizar sus derechos y respeto, así como la protección durante el proceso y dado lo manifestado por la solicitante, aunado al acta que acompaña a la presente solicitud, considera quien suscribe que los hechos narrados se subsumen en los dispositivos legales referidos up supra; por lo que este Tribunal estima conveniente declarar con lugar la solicitud realizada por el Fiscal Superior y en consecuencia ordenar los recorridos policiales permanentes y las visitas domiciliarias. Es por todo ello que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la medida de protección solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de la ciudadana Dionny Margarita Márquez, titular de la cédula de identidad N° 8.438.171, soltera, oficio del hogar y su Hijo David José García Márquez, domiciliados en la Urbanización Brasil sector II, vereda 89, casa N° 07, cerca de la licorería Moran. Librese los oficios al Fiscal Superior del Ministerio Público, así como a los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre destacados en el destacamento policial N° 11, con sede en la Urbanización Brasil, a fin de informarlos sobre la declaratoria con lugar de la medida de protección. Cúmplase.
Juez de Juicio - Adolescentes
Arelis González Rondón
La Secretaria
Dra. Fabiola Bauza