REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Cumaná, 29 de Junio de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : RP01-C-2005-000007
ASUNTO : RP01-C-2005-000007


Visto el oficio 1317, de fecha 15-06-2006, recibido por el Juzgado Segundo de Ejecución en fecha 20-06-06, y remitido a este Juzgado Primero de Ejecución el día 28/06/06 emanado del Director del Internado Judicial de esta ciudad, Cumaná, donde remite, el Informe presentado por la JUNTA DE REHABILITACIÓN LABORAL Y EDUCATIVA DEL INTERNADO JUDICIAL DEL CENTRO DE RECLUSIÓN CUMANÁ, ESTADO SUCRE, de fecha: 15-06-2006, a favor del penado: BOLTINIS ROSALES MARCOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V 11.421.288, en el cual se observa que el penado durante su tiempo de reclusión ha trabajado (y/o) estudiado en los lapsos comprendidos desde:
14/06/2005 al 15/06/2006
30/01/1995 al 11/06/1998
27/07/1999 al 07/12/2002
12/02/2003 al 05/05/2003 y
17/06/2003 al 03/07/2003
Ahora bien solo fue remitida a este Tribunal junto con el Informe presentado por la JUNTA DE REHABILITACIÓN LABORAL Y EDUCATIVA DEL INTERNADO JUDICIAL DEL CENTRO DE RECLUSIÓN CUMANÁ, ESTADO SUCRE la Constancia de Trabajo correspondiente 14/06/2005 al 15/06/2006
Consta en el expediente Solicitud realizada por el penado de la conversión del resto de la pena en Confinamiento de fecha 20-06-2006, recibido por el Juzgado Segundo de Ejecución en fecha 22-06-06, y remitido a este Juzgado Primero de Ejecución el día 28/06/06
Así mismo consta en el expediente Oficio N° DF2-119-06 de fecha 23-06-2006, recibido por el Juzgado Segundo de Ejecución en fecha 26-06-06, y remitido a este Juzgado Primero de Ejecución el día 28/06/06 donde la Defensora Publica Penal CARMEN JUDITH YNDRIAGO (suplente de la Defensora OMAIRA CENTENO) acepta el Cargo de Defensora del Penado.
En Virtud de lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, En la Jueza MARLENY MORA SALAS SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA CAUSA y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
Oficiar al Director del Internado Judicial de Cumaná a fin de que remita a este Tribunal las Constancias de trabajo realizado por el penado correspondientes a los siguientes periodos:
30/01/1995 al 11/06/1998
27/07/1999 al 07/12/2002
12/02/2003 al 05/05/2003 y
17/06/2003 al 03/07/2003 para proceder a ejecutar la redención y determinar si es procedente la conversión del resto de la pena en Confinamiento solicitada por el penado
Así mismo solicitarle que le informe al penado que la Defensora Pública CARMEN JUDITH YNDRIAGO (suplente de la Defensora OMAIRA CENTENO) fue designada como su Defensora CÚMPLASE.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
MARLENY MORA SALAS
EL SECRETARIO
CARLOS GONZALEZ