REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 1 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001335
ASUNTO : RP01-P-2006-001335


Visto el escrito presentado por la Fiscal Undécima del Ministerio Público Abg. César Humberto Guzmán Figuera, en el que solicita la Libertad plena a favor del ciudadano GABRIEL JOSÉ MILLÁN RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.886.514, y de este domicilio por la presunta participación en uno de los delitos contenidos en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, para continuar con la investigación con el referido ciudadano en libertad; y visto igualmente que no hay imputación fiscal en contra del señalado ciudadano; es por lo que este juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal de Cumaná, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la LIBERTAD del ciudadano GABRIEL JOSÉ MILLÁN RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.886.514 y de este domicilio. Todo de conformidad con los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de libertad adjunto a oficio al IAPES. Cúmplase.-

El Juez

La Secretaria

Douglas José Rumbos Ruiz

Ivette Figueroa Baptista