REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 30 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001593
ASUNTO : RP01-P-2006-001593
Vista la solicitud de Protección al testigo, solicitada ante este Despacho Judicial por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Luis Antonio Garreta Avila; a favor de la ciudadana YUDITH MARIA CONTRERAS FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° 11.832.897; Victima directa en la causa penal en fase de preparación cursante ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, por el delito de incendio, manifestando tal como consta en el acta de entrevista la cual se anexa a la solicitud, donde manifestó ser objeto de amenazas de muerte y de nuevos daños a sus bienes por parte de NELSON MARQUEZ, JOSE LUIS LACHEA y ENRIQUE MARQUEZ imputados en la citada causa penal quienes con actitud hostil se presentaron en la residencia de su madre, donde reside actualmente, profiriendo amenazas de incendiar dicha residencia y tal declaración consta en acta de entrevista presentada anexa a la solicitud de medida de protección.
Este Tribunal estima que existe un inminente peligro para la victima, y que es derecho de esta solicitar protección, siendo una obligación del Estado Venezolano protegerlas de hechos punibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es por lo que este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley acuerda Medida de Protección consistente en RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS de lunes a domingos, por el domicilio de la victima, YUDITH MARIA CONTRERAS FIGUEROA; quién reside en el Barrio los Cocos, final Cuarta Calle, Casa S/N, Sector los Ranchos; tal sentido se oficia al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, (I.A.P.E.S.), a fin de solicitarle la designación de los funcionarios adscritos a esa Institución que deban cumplir con el mandato de protección a la victima por un período de Tres (3) meses. Igualmente se Oficia al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión y remitiendo la presente solicitud. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. SAMER ROMHAIN
LA SECRETARIA
Abg. ODILMARYS MARTINEZ.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. ODILMARYS MARTINEZ
|