REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 21 de Julio del 2006.
196° y 147°
Exp. N° 14.760

DEMANDANTE: FACUNDA DEL VALLE RUIZ, Titular de la
Cédulas de Identidad N° 5.874.176.

APODERADO (S) GUALBERTO SANTIAGO RÍOS V., Inscrito en el
InpreAbogado bajo el Nº. 6.746.

DOMICILIO PROCESAL: Edifico Saladito, Primer Piso, Oficina 06,
Calle Acosta cruce con Avenida
Independencia, Parroquia Santa Catalina,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

EMPRESAS DEMANDADAS: INDUSTRIAL DE ORIENTE, C.A., en la persona
del ciudadano: VICENZO CASERTA STANCO,
titular de la Cédula de Identidad N°
8.440.225 y MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A. DE
SEGURO.

APODERADO (S): JOSÉ ANTONIO MORENO MIQUELENA, inscrito en
el InpreAbogado bajo el N° 63142 y
ALEJANDRO ARTURO MARTÍNEZ, inscrito en el
InpreAbogado bajo el N° 81.303,

DOMICILIO PROCESAL: La ciudad de Cumaná del Estado Sucre.

MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADO DE ACCIDENTE
DE TRANSITO

TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA


Visto la Transacción suscrita entre el Abogado en ejercicio: GUALBERTO SANTIAGO RÍOS V., Inscrito en el InpreAbogado bajo el Nº. 6.746 en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana: FACUNDA DEL VALLE RUIZ, venezolana, mayor de edad y Titular de la Cédulas de Identidad N° 5.874.176, parte Actora en el presente juicio y por otra parte el ciudadano: VICENZO CASERTA STANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°
8.440.225, de transito en este domicilio y en su carácter de Presidente de la Empresa: “INDUSTRIAL DE ORIENTE, C.A” y el Abogado en ejercicio: JOSÉ ANTONIO MORENO MIQUELENA, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 63142 en su carácter de apoderado Judicial de la Empresa “MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A. DE SEGURO”, parte demandada en el presente juicio; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción suscrita, e igualmente se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente.- Y así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,


Abg. Francis Vargas c.


Exp. N°. 14.760.-
SGDM/Fvc/ajno.-