REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 10 DE JULIO DEL 2006
196° Y 147
Sol. N° 4.908.
SOLICITANTE: MARCOS NÚÑEZ, Titular de la Cédula de
Identidad N° 1.490.001
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: YAMIL PALIS MARTÍNEZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 55.535.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:
Vista la solicitud presentada por el abogado en ejercicio YAMIL PALIS MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.535, actuando en su nombre y en representación del ciudadano MARCOS NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.490.001, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le concedan TITULO SUPLETORIO, sobre una Porción de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en el Sector La Sabana, de la ciudad de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, con SETENTA Y CINCO HECTÁREAS CON CINCO ÁREAS (75,05 Has), y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: con terrenos que son o fueron de Lucia Núñez y de Julio Acosta Núñez; SUR: Con terrenos que son o fueron de la sucesión Rodríguez y de Julio Acosta Núñez; ESTE: Con terrenos que son o fueron de Julio Acosta Núñez y OESTE: Con terrenos que son o fueron de Julio Acosta Núñez y de Ignacio Rondón, y por cuanto las declaraciones rendidas por ante el Juzgado del Municipio Valdez del Estado Sucre, por los testigos ciudadanos: RAFAEL FELIPE SIFONTES VALDERRAMA Y ARMANDO JOSÉ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Guiria y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 3.013.658 y 3.012.734 respectivamente, se demuestra el derecho o pretensión de la solicitante.- Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano MARCOS NÚÑEZ, sobre las referidas bienhechurias, dejando a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase todo original con sus resultados.- Así se decide.-
La Juez,
Abog. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Francis Vargas Campos.
Constante en Dieciséis (16) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
Francis Vargas Campos.
SGDM/Fv/rbg.-
Sol. 4.908.-