CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN ACRÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL


Carúpano, 26 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2005-000214
ASUNTO: RP11-D-2005-000214


SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Revisado el presente asunto se observa que en fecha 16 de junio del 2006, se homologó el preacuerdo conciliatorio, mediante el cual de conformidad con el articulo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se suspendió el proceso a prueba por el lapso de un (1) mes, a los fines de que el adolescente cumpliera con la orientación social que impera el mismo articulo, ahora bien habiendo cumplido el adolescente con lo pautado según como consta en informe social presentado por ante este Tribunal por la Licenciada Griselda Lunar, Trabajadora social adscrita a la sección de adolescente, y siendo que en la misma fecha de audiencia la fiscal hizo a voz viva la solicitud de sobreseimiento en caso de cumplimiento, este Tribunal de acuerdo a las circunstancias fácticas especificadas anteriormente, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en favor de Omissis, por el delito de Lesiones menos graves y porte ilícito de arma de fuego, en perjuicio de Juana Irene Guerra y el Estado Venezolano, de conformidad con lo preceptuado en el articulo 568 de la Ley Especial que rige la materia. Para lo que se ordena notificar a las partes, Cúmplase.

La Jueza Primero de Control

El Secretario

Abg. María Vásquez Farias
Abg. Linduska Suárez