REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 20 de Julio del 2006.
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008095
ASUNTO : RP01-P-2005-008095
Visto el escrito suscrito por el T.S.U LUIS VILLACINDA en su carácter de Director del Internado Judicial de esta ciudad, en donde le solicita a este tribunal autorización para el traslado del interno: JOSE RAMON ARISMENDI PATIÑO hacia el Hospital Central de esta ciudad, área de traumatología el día: 25-07-06 a las 2:30 p.m, a los fines de consulta; este Tribunal analizado el presente escrito considera que la salud es un derecho social fundamental, de obligatorio cumplimiento por parte del estado, quien lo garantizará como parte del derecho a la vida. Por lo tanto, este Tribunal Segundo de Ejecución, como garantista de los principios constitucionales, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda Autorización para el traslado del interno: JOSE RAMON ARISMENDI PATIÑO Titular de la Cédula de Identidad No-9.273.891 al Hospital Central de esta ciudad, área de traumatología el día: 25-07-06 a las 2:30 p.m, a los fines de consulta, debiendo tomar el centro reclusorio todas las medidas de seguridad que amerita el caso. Líbrese Oficio
El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Simón Malavé.