REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 14 de Julio del 2006.
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008283
ASUNTO : RP01-P-2005-008283
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada en contra de los penados: ROBINSON RAFAEL SALAZAR Venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha: 25-09-83, residenciado en El Sector Barrio, casa No-10, Vereda 8, Punta Araya del Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-17.673.297 y LEONARDO JOSE VICENT también Venezolano, nacido en fecha: 20-02-87, de 19 años de edad, residenciado en El Sector Barrio, casa No-14, Punta Araya del Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-17.674.987 por el delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, para efectuar el cómputo de la pena a ser cumplida, el tribunal observa:
PRIMERO: El Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha: 16-06-06, dictó sentencia condenatoria por admisión de los hechos, donde condenó a los acusados: ROBINSON RAFAEL SALAZAR y LEONARDO JOSE VICENT ya identificados, a cumplir la pena de: SEIS (6) MESES DE PRISION y las penas accesorias, por la comisión del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas , en perjuicio de la colectividad.
SEGUNDO: Los penados: ROBINSON RAFAEL SALAZAR y LEONARDO JOSE VICENT fueron detenidos preventivamente el día: 08-10-05 hasta el 11-10-05 cuando el Juez de Control le concede medida cautelar sustitutiva de libertad, teniendo una pena cumplida de: TRES (3) DÍAS de la pena impuesta, faltándole por cumplir CINCO (5) MESES y VEINTISIETE (27) DIAS.
TERCERO: A los efectos del cumplimiento de las penas accesorias dictada, previstas en el artículo 16 del Código Penal, las cuales comprenden: 1) La inhabilitación política durante el tiempo de la condena. 2) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta; se ordena oficiar a los organismos competentes para su observancia.
CUARTA: Los penados: ROBINSON RAFAEL SALAZAR y LEONARDO JOSE VICENT fue condenado por la comisión del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y la pena impuesta de: SEIS (6) MESES DE PRISION, es menor de CINCO (5) AÑOS, tiempo este señalado en el artículo 494 numeral 2do del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la pena.
QUINTA: Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda ya ejecutada la pena, iniciar de oficio los trámites necesarios en caso de ser procedente el otorgamiento del Beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena a los penados: ROBINSON RAFAEL SALAZAR Venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha: 25-09-83, residenciado en El Sector Barrio, casa No-10, Vereda 8, Punta Araya del Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-17.673.297 y LEONARDO JOSE VICENT también Venezolano, nacido en fecha: 20-02-87, de 19 años de edad, residenciado en El Sector Barrio, casa No-14, Punta Araya del Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-17.674.987
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público y a la Defensa Privada, Abg. Verselys González. Notifíquese a los penados para que comparezcan por ante este tribunal y sean impuesto de la decisión dictada. Remítase copias certificadas de la sentencia y del presente auto de ejecución de la sentencia, adjunto a oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario para la práctica de los exámenes de rigor a los penados.
El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Simón Malavé.
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