REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001518
ASUNTO : RP01-P-2006-001518
Por recibida las solicitudes de autorización para que Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, recolecten proyectil alojado en el cuerpo del imputado Félix José Pérez Quintero, y autorización de traslado desde la sede de la Comandancia de Policía, hasta el Hospital Universitario Antonio Patricio de Alcalá, para que le sea retirado dicho proyectil al señalado imputado; ambas solicitudes emanadas de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal.
Este juzgador observa que por cuanto lo solicitado es procedente y no es contrario a Derecho, en virtud de que dicho proyectil, según el Ministerio Público, posee interés criminalístico para la investigación que adelanta, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, acuerda oficiar al ciudadano Comandante de la Policía del Estado Sucre, para que realice el traslado del imputado Félix José Pérez Quintero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.801.271, desde la sede de la Comandancia de Policía, hasta el Hospital Universitario Antonio Patricio de Alcalá, de Cumaná, para que le sea retirado el proyectil que permanece alojado en su cuerpo, para dicho traslado deberá esperar que el Ministerio Público le informe la fecha de la extracción; de la misma manera se autoriza a Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, de Cumaná, para que desde el Hospital Universitario Antonio Patricio de Alcalá, de Cumaná, recolecten proyectil alojado en el cuerpo del imputado Félix José Pérez Quintero, para lo cual deberán informar a la representación de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, la fecha y hora previsto para la extracción.
Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 106 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Líbrese los oficios acordados y notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez
El Secretario
Douglas José Rumbos Ruiz
Jesús Milano Savoca