Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 27 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2000-000213
ASUNTO : RJ01-P-2000-000213

Vista y analizada la Solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por la Abogada JENNY RAMIREZ ROSALEZ, en su carácter de Fiscal del Segunda Ministerio Público en donde aparece como imputado el ciudadano LEONARDO JOSE FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, indocumentado, y residenciado en el Caserío Arenas, Calle la Guajira Casa S/N, del Municipio Montes de la Ciudad de Cumanacoa, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES y como victima OMAR JOSE DOCCTEL ACUÑA, venezolano, mayor de edad, residenciado en la Calle Andrés Eloy Blanco, Casa S/N, de la población de Arenas; fundamentando la representación Fiscal su solicitud en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
I
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
Se inicia el presente proceso en fecha 20-05-2000, mediante denuncia la cual cursa al folio tres (3), formulada por el ciudadano Omar José Docctel Acuña, ante el Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre. Al folio 9, cursa decisión mediante la cual se otorga libertad al imputado de autos.

II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Estudiadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal Primero de Control procede a analizar la procedencia o improcedencia de la solicitud de Sobreseimiento de la causa que conforme a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos, observando que el hecho denunciado versa sobre lesiones que presuntamente señala el denunciante sufrió como consecuencia de agresiones proferidas por el imputado, pero es el caso, que dentro de los tipos penales que tipifican los delitos de lesiones hay varios tipos de delitos que van de menor a mayor gravedad dependiendo del tipo de lesión sufrida y del tiempo que se amerite para su curación. Ahora bien, de las actuaciones de observa que en el expediente no consta examen médico legal que indique las lesiones que alega haber sufrido el denunciante, esto a los fines de determinar primero, la existencia de lesiones, es decir del hecho punible y segundo la gravedad de las lesiones para poder subsumir el hecho dentro de uno de los varios tipos penales que tipifican estos delitos, y al no constar el examen médico forense que determine esto, no se demuestra la existencia de lesión sufrida que avale su denuncia siendo en consecuencia procedente la solicitud fiscal de sobreseer la presente causa, por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizó, siendo en consecuencia forzoso para este Tribunal declarar CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía del Ministerio Público. Y así de decide.-
III
PUNTO PREVIO.
De igual forma este Tribunal prescinde de la celebración de la audiencia Oral de sobreseimiento de conformidad con la excepción prevista en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal; ya que en nada modificará el hecho cierto de que en las actuaciones no existe examen médico legal que determine la existencia del delito de lesiones.
IV
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control; del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA en donde aparece como imputado el ciudadano LEONARDO JOSE FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, indocumentado, y residenciado en el Caserío Arenas, Calle la Guajira Casa S/N, del Municipio Montes de la Ciudad de Cumanacoa, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES y como victima OMAR JOSE DOCCTEL ACUÑA, venezolano, mayor de edad, residenciado en la Calle Andrés Eloy Blanco, Casa S/N, de la población de Arenas; conforme a lo establecido en el artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 175 Código Orgánico Procesal Penal y remítase las presente actuaciones al Archivo Central en espera de las resultas de las notificaciones y posteriormente a la Unidad de Ejecución en el lapso legal correspondiente
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. SAMER ROMHAIN

EL SECRETARIO.
Abg. CARLOS GONZALEZ.