REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 09 DE FEBRERO DEL 2.006.
195° Y 146º
Exp. N° 14.974
DEMANDANTE: MAURICIO ANTONIO ROJAS QUIJANO, Titular de
la Cédula de Identidad N° 4.299.419.
APODERADO (S): Abgs. RAMON JOSE MARIN y JAQUELINE MARIN,
inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.
63.397 y 47.312.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Juncal, Edificio Vorágine, Piso 2,
Oficina Nº 06, Carúpano, Estado Sucre.
DEMANDADO (S): DAMARIS JOSEFINA ROJAS, KATIUSKA YOILINE
ZORRILLA y MIRIAN TERESA ROJAS, titulares de
las Cedulas de Identidad Nros. 4.298.114,
11.436.033 y 3.944.242.
APODERADO (S): Abgs. CARMEN MUJICA y JOSE ARMANDO PEÑA
MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo
los Nros. 53.066 y 38.019.
DOMICILIO PROCESAL: Prolongación de la Calle Zea, casa s/n, Río
Caribe, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.
MOTIVO: PARTICION DE BIENES.
SENTENCIA: Interlocutoria.
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas, que en el auto de fecha 17-01-2.006 al agregarse la comisión, se dejó constancia de que habían transcurrido quince (15) días de Despacho por ante el Juzgado comisionado omitiéndose los Dieciocho (18) días del lapso probatorio que transcurrieron por ante este Tribunal y habiendo precluído dicho lapso, en fecha 26-01-2.006 se ordenó librar nuevo Despacho de pruebas, es por lo que éste Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena hacer un cómputo por Secretaría del los días de Despacho transcurridos desde día 21 de Octubre 2.005, fecha en que se admitieron las pruebas hasta la presente fecha. Así se decide.-
La Juez,
Abog. Susana García de Malavé.
La Secretaria Acc.,
Aracelis Teresa Martínez.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente.
La Secretaria Acc.,
Aracelis Teresa Martínez.
SGDM-mmg.
Exp. Nº 14.974