REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 24 de Febrero del 2006
195° Y 146
Sol. N° 4.827
SOLICITANTE: MIRIAN LOURDES DE LA SANTISIMA TRINIDAD
TENORIO vda. de GUERRA, Titular de la
Cédula de Identidad N° 3.946.511.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No otorgó Poder.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MIRIAN LOURDES DE LA SANTISIMA TRINIDAD TENORIO Vda. de GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.946.511 y de este domicilio, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante el Juzgado del Municipio Bermúdez, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, de los testigos ciudadanos: RAMON ANTONIO LEAL GARCIA y ZULEININ COROMOTO BRITO BELLO, venezolanos, mayores de edad, casado el primero y soltera la segunda, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 1.697.219 y 18.590.726, de este domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO JUAN AGUSTIN GUERRA GUERRA, a las ciudadanas MIRIAN LOURDES DE LA SANTISIMA TRINIDAD TENORIO Vda. DE GUERRA y MIRIAN ZOILA DE LA SANTISIMA TRINIDAD GUERRA TENORIO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide. Asimismo, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Francis Vargas Campos.
Constante de Veintidós (22) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Sol. Nº 4.827