REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 14 DE FEBRERO DEL 2006
195° Y 146
Sol. N° 4.818
SOLICITANTE: CLORINDA MEDINA DE ROJAS,
Titular de la Cédula de Identidad N°
1.382.655.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No otorgó Poder.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:
Vista la solicitud presentada por la ciudadana CLORINDA MEDINA DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.382.655, asistida del abogado en ejercicio NICOLÁS TINEO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.268, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: CATALINO PEDRO GONZÁLEZ RIVAS Y ALBERTO JOSÉ GÓMEZ GUILARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.730.154 Y 5.431.338, ambos de éste domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO JOSÉ ASUNCIÓN ROJAS RODRÍGUEZ, a los ciudadanos CLORINDA MARIA MEDINA DE ROJAS, CARLOS JOSÉ, AMALIO ERMILO, ILIRIA DEL VALLE, MARISOL DEL VALLE, YLDEMARO JOSÉ, LUISA DEL VALLE, OMAIRA DEL VALLE Y JOSÉ LUIS ROJAS MEDINA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Aracelis Martínez
Constante de Veintitrés (23) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
Aracelis Martínez
SGDM-rbg.
Sol. Nº 4.818