REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE



Cumaná, 13 de Febrero de 2006
195º 146º


Por recibido el presente expediente proveniente del Tribunal Distribuidor en fecha 07-02-2006, constante de dos (02) piezas, la primera contentiva del folio Uno (01) al cuatrocientos trece (413) al y la segunda, del folio cuatrocientos catorce (414) al cuatrocientos noventa y siete (497); y un cuaderno de medidas de catorce (14) folios útiles, relativo al juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO siguen los ciudadanos JULIO CESAR MORENO GUARACHE y TERESA VALERIO DE MORENO contra los ciudadanos HENRY FERNANDO NEWMAN LÓPEZ y ALEJANDRO NEWMAN LÓPEZ. Fórmese expediente, désele entrada y anótese en el Libro respectivo. Asimismo, reincorporada a mis labores ordinarias en este Juzgado, me AVOCO al conocimiento de la presente causa. Y, por cuanto de la revisión de las actas procesales se evidencia:

PRIMERO; Que por auto de fecha 31-10-05 (folio 485) este Tribunal acordó designar como Defensor Ad-Litem de los demandados, al abogado en ejercicio JOSE AGUSTIN MORENO CARABALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.65.427 a quien se ordenó notificar mediante Boleta para que compareciera por ante este Juzgado al segundo día de despacho siguiente a la fecha en que constara en autos su notificación, a dar su aceptación o excusa y, en el primero de los casos, prestara el juramento de Ley.

SEGUNDO: Que en fecha 10-11-05 quedó debidamente notificado el abogado JOSE ANTONIO MORENO CARABALLO, según se desprende del folio 487.

TERCERO: Que al folio 489 cursa inserto auto de fecha 17-11-05 , mediante el cual la Juez Temporal, abogado CARMEN LIZBETH FUENTES DE MILLAN, designada y juramentada para cubrir la vacante acaecida con motivos del disfrute de las vacaciones de quien suscribe el presente auto, ordenó remitir el presente expediente al Tribunal Distribuidor por haber sido declarada Con Lugar la Inhibición que formulara en el mismo.

CUARTO: Que según el calendario judicial llevado por este Juzgado correspondiente al año 2005, y de acuerdo a lo expuesto en los particulares segundo y tercero que anteceden, desde el 10-11-05 hasta el 17-11-05, ambas fechas exclusive, transcurrió un solo día de despacho, a saber, el 15-11-05.

QUINTO: Que desde el 17-11-05, fecha del auto a que se contrae el particular tercero, hasta la fecha del presente auto, la causa que nos ocupa ha permanecido suspendida, en virtud de la remisión del expediente al tribunal Distribuidor por una segunda vez, según auto que riela al folio 496.

SEXTO: Que en virtud de lo señalado en el particular inmediatamente anterior, al reanudarse el curso de la causa bajo análisis, debe el defensor ad-litem designado comparecer por ante este Tribunal a manifestar su aceptación o excusa y, en el primero de los casos prestar el juramento de Ley.

En consecuencia, a los fines de procurar la estabilidad del presente juicio, y de garantizar el debido proceso, el derecho a la defensa y la igualdad entre las partes, este Órgano Jurisdiccional, considerando que la causa que nos ocupa ha estado suspendida por más de dos (02) meses, acuerda notificar nuevamente mediante boleta al abogado JOSE AGUSTIN MORENO CARABALLO, defensor ad Litem designado, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a la fecha en que conste en autos su notificación, a dar su aceptación o excusa y, en el primero de los casos, a prestar el Juramento de Ley. Líbrese Boleta de Notificación.-
LA JUEZ PROV.,



Abg. GLORIANA MORENO MORENO




LA SECRETARIA


Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA











NOTA: En la misma fecha se libró la boleta de notificación ordenada.-
La Secretaria


Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA