REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA

En el día de hoy dieciséis (16) de febrero de 2006, siendo las 10:00 a.m. oportunidad fijada por el tribunal, previa la habilitación del tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Estado Sucre del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en un inmueble conformado por un local comercial signado con el N° 1, situado en la calle Méjico frente a la plaza el Indio, parroquia Altagracia del Municipio Sucre del Estado Sucre, presidido por el abogado JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ, fungiendo como secretaria la abogada ANA MERCEDES LEON LOPEZ, en compañía del abogado CARLOS LUIS PEREZ ORTIZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 85.188, apoderado judicial del ciudadano JORGE LUIS PEREZ SERRANO, titular de la cédula de identidad N° V-5.087.473, parte actora en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos se siguió ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el que decretó la práctica de Medida Ejecutiva de Embargo sobre bienes propiedad y en posesión de la Empresa demandada Encomiendas Elimar, C.A., a fin de darle cumplimiento a la misma. Seguidamente el tribunal procedió a entrar al referido local, el cual tiene libre acceso del público por funcionar allí la Empresa Domesa, agente autorizado Encomiendas Colfran, C.A. y se entrevistó con el ciudadano LUIS JOSE RENGEL RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 12.097.057, quien manifestó ser oficinista de atención al público, trabajador de Encomienda Colfran, C.A. el cual fue notificado de la misión del mismo y a quien se le sugirió comunicarse con su patrono y abogado de su confianza para que esté presente en la práctica de la presente medida, manifestando el mismo que el presidente de Colfran C.A. es el ciudadano ELOY COLMENARES, al cual llamó por teléfono, comunicándose éste con el tribunal, siendo notificado de la práctica de la referida medida, y posteriormente comunicándose el referido ELOY COLMENARES con el apoderado del trabajador, sosteniendo ambos una conversación. En este estado toma la palabra el apoderado actor CARLOS PEREZ y expone: “Por cuanto el ciudadano ELOY COLMENARES me ha propuesto que suspenda la presente medida hasta el día de mañana diecisiete de febrero del corriente año, a las 3:00 de la tarde mientras se traslada de la ciudad de Caracas a esta ciudad, con el fin de sostener reunión con mi persona para llegar a un posible acuerdo en la presente comisión, solicito de este honorable tribunal suspenda la práctica de la presente medida hasta la fecha indicada. Así mismo le suministro al tribunal una publicidad de Domesa donde aparece que el agente autorizado es Encomiendas Colfran, C.A.. Así mismo consignó una tarjeta de presentación de Encomiendas Colfran, C.A. donde aparece que su presidente es ELOY COMENARES y de igual manera consigno una copia de factura de Encomiendas Colfran, C.A., las cuales me fueron obsequiadas por el notificado. Es todo”. Acto seguido, el tribunal, vista la solicitud de suspensión de la medida hecha por el representante del trabajador, lo acuerda de conformidad por no ser contraria al derecho ni a las buenas costumbres, quedando suspendida la práctica de la presente medida de embargo hasta nueva solicitud del interesado, y no habiendo más diligencias que practicar se ordena el regreso a su sede, siendo las 10:45 de la mañana, previa la firma de la presente acta por todos los que intervinieron.