CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL ADOLESCENTES

Carúpano, 20 de Febrero de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2006-000035
ASUNTO: RP11-D-2006-000035

SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Vista la solicitud de Sobreseimiento Definitivo recibida por éste Tribunal en fecha 20/02/2006, presentada por la Abg. Moraima Goyo en su carácter de la Fiscal Sexta del Ministerio Público a favor de Omissis, de conformidad con el Artículo 561 literal “D”, a quienes se les inició en fecha 30/09/2004, investigación por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, en perjuicio de Emilia Maria Hernández Villarroél, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.288.946 y domiciliado en Sector Las Parcelas de San Martín, al final, casa 17, Carúpano Sucre. Proceso en el cual según el criterio del fiscal ha transcurrido mas de un año sin que se hayan podido incorporar nuevos elementos a la investigación que permitan el esclarecimiento de los hechos.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento definitivo, ésta juzgadora encuentra procedente y ajustada a derecho y así se decide.

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Ext. Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor de: Omissis, antes identificado de conformidad con los Artículos 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el ordinal 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Notifíquese a las partes. Cúmplase
La Juez segundo de Control (S)

El Secretario

Abg. Maria Vásquez
Abg. Douglas Rivero